Impuesto a las Ganancias: Argentina actualizó el listado de países «no cooperantes»

Publicó el listado en el Boletín Oficial de este jueves. Aún se esperan las definiciones sobre la aplicación práctica de la reversión de Ganancias y la quita de la zona patagónica que impacta en Neuquén y Río Negro.

Se publicó el decreto sobre el Impuesto a las Ganancias. (Archivo)

El Gobierno nacional publicó este jueves en el Boletín Oficial una modificación sobre los países «no cooperantes» con respecto al Impuesto a las Ganancias. Se refiere a las jurisdicciones que no tienen convenios de cooperación tributaria con Argentina. Mientras tanto, se espera la reglamentación del decreto por el que se aplicará la reversión de Ganancias, que incluye la quita de la zona patagónica, que tendrá un alto impacto en Neuquén y Río Negro.

El decreto 603/24 indica que se sumaron a los países que sí cooperan Burkina Faso, Papúa Nueva Guinea, Ruanda, Benín y Vietnam.

A la vez, actualizó el listado de los países que son considerados «no cooperantes»:


1. Brecqhou

2. Estado de Eritrea

3. Estado de la Ciudad del Vaticano

4. Estado de Libia

5. Estado Plurinacional de Bolivia

6. Isla Ascensión

7. Isla de Sark

8. Isla Santa Elena

9. Islas Salomón

10. Los Estados Federados de Micronesia

11. Reino de Bután

12. Reino de Camboya

13. Reino de Lesoto

14. Reino de Tonga

15. República Kirguisa

16. República Árabe de Egipto

17. República Árabe Siria

18. República Argelina Democrática y Popular

19. República Centroafricana

20. República Cooperativa de Guyana

21. República de Angola

22. República de Bielorrusia

23. República de Burundí

24. República de Costa de Marfil

25. República de Cuba

26. República de Filipinas

27. República de Fiyi

28. República de Gambia

29. República de Guinea

30. República de Guinea Ecuatorial

31. República de Guinea-Bisáu

32. República de Haití

33. República de Honduras

34. República de Irak

35. República de Kiribati

36. República de la Unión de Myanmar

37. República de Madagascar

38. República de Malaui

39. República de Malí

40. República de Mozambique

41. República de Nicaragua

42. República de Palaos

43. República de Sierra Leona

44. República de Sudán del Sur

45. República de Surinam

46. República de Tayikistán

47. República de Trinidad y Tobago

48. República de Uzbekistán

49. República de Yemen

50. República de Yibuti

51. República de Zambia

52. República de Zimbabue

53. República del Chad

54. República del Níger

55. República del Sudán

56. República Democrática de Santo Tomé y Príncipe

57. República Democrática de Timor Oriental

58. República del Congo

59. República Democrática del Congo

60. República Democrática Federal de Etiopía

61. República Democrática Popular Lao

62. República Democrática Socialista de Sri Lanka

63. República Federal de Somalia

64. República Federal Democrática de Nepal

65. República Gabonesa

66. República Islámica de Afganistán

67. República Islámica de Irán

68. República Popular de Bangladés

69. República Popular Democrática de Corea

70. República Togolesa

71. República Unida de Tanzania

72. Territorio Británico de Ultramar Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno

73. Tristán da Cunha

74. Tuvalu

75. Unión de las Comoras


Impuesto a las Ganancias en Neuquén y Río Negro: dudas sobre cuándo se vuelve a pagar, aunque se promulgó el paquete fiscal

Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el paquete fiscal, que incluye la reversión del impuesto a las ganancias y la quita del diferencial para la zona patagónica, ambas medidas con fuerte impacto en Neuquén y Río Negro. Sin embargo, siguen las dudas desde cuándo se comenzará a cobrar, mientras que las judicializaciones podrían convertirse en trabas y desde Neuquén tratan de salvar a los petroleros del pago.

Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 593 para el paquete de «medidas fiscales paliativas y relevantes». Este incluye en su título V las modificaciones que se hicieron a la ley del impuesto a las ganancias, que había sufrido modificaciones para dejar afuera a la cuarta categoría.

Entre sus puntos principales está que se fija la base imponible en 1.800.000 pesos para solteros y en 2.300.000 para casados. En el caso de Neuquén, Río Negro y la Patagonia ya no se aplica a los salarios la suma del 22% a la base no imponible, por lo que los trabajadores pagarán lo mismo que en cualquier parte del país.

Cuando en Diputados se aprobó la reversión del impuesto a las ganancias sin tener en cuenta el rechazo del Senado comenzó la duda sobre cuándo se comenzaría a cobrar. Se dijo que si se publicaba rápidamente, entraría en vigencia en agosto.

Sin embargo, la promulgación se postergó más de una semana y ahora que finalmente ocurrió, surgieron nuevas dudas.

Según Infobae, fuentes del Gobierno nacional aseguraron que esperan unos dos meses para reglamentar ambos decretos, el del paquete fiscal y el de la Ley Bases, para no generar «expectativas desmedidas».

Así se entiende que el pago del impuesto a las ganancias no estaría vigente hasta septiembre u octubre.

Sin embargo, hay otra salvedad que realizan medios especializados y es que una vez reglamentado el decreto, debe publicarse la resolución de la AFIP sobre cómo se aplicará en la práctica, aunque se estima que sería una acción casi inmediata.

Lo que sí hizo AFIP es publicar la resolución 5519/24 que estableció plazo hasta el 15 de julio de este año para completar el formulario 572 web en el que se plasman las deducciones del impuesto a las ganancias.


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