Impuesto a las Ganancias: Argentina actualizó el listado de países «no cooperantes»
Publicó el listado en el Boletín Oficial de este jueves. Aún se esperan las definiciones sobre la aplicación práctica de la reversión de Ganancias y la quita de la zona patagónica que impacta en Neuquén y Río Negro.
El Gobierno nacional publicó este jueves en el Boletín Oficial una modificación sobre los países «no cooperantes» con respecto al Impuesto a las Ganancias. Se refiere a las jurisdicciones que no tienen convenios de cooperación tributaria con Argentina. Mientras tanto, se espera la reglamentación del decreto por el que se aplicará la reversión de Ganancias, que incluye la quita de la zona patagónica, que tendrá un alto impacto en Neuquén y Río Negro.
El decreto 603/24 indica que se sumaron a los países que sí cooperan Burkina Faso, Papúa Nueva Guinea, Ruanda, Benín y Vietnam.
A la vez, actualizó el listado de los países que son considerados «no cooperantes»:
1. Brecqhou
2. Estado de Eritrea
3. Estado de la Ciudad del Vaticano
4. Estado de Libia
5. Estado Plurinacional de Bolivia
6. Isla Ascensión
7. Isla de Sark
8. Isla Santa Elena
9. Islas Salomón
10. Los Estados Federados de Micronesia
11. Reino de Bután
12. Reino de Camboya
13. Reino de Lesoto
14. Reino de Tonga
15. República Kirguisa
16. República Árabe de Egipto
17. República Árabe Siria
18. República Argelina Democrática y Popular
19. República Centroafricana
20. República Cooperativa de Guyana
21. República de Angola
22. República de Bielorrusia
23. República de Burundí
24. República de Costa de Marfil
25. República de Cuba
26. República de Filipinas
27. República de Fiyi
28. República de Gambia
29. República de Guinea
30. República de Guinea Ecuatorial
31. República de Guinea-Bisáu
32. República de Haití
33. República de Honduras
34. República de Irak
35. República de Kiribati
36. República de la Unión de Myanmar
37. República de Madagascar
38. República de Malaui
39. República de Malí
40. República de Mozambique
41. República de Nicaragua
42. República de Palaos
43. República de Sierra Leona
44. República de Sudán del Sur
45. República de Surinam
46. República de Tayikistán
47. República de Trinidad y Tobago
48. República de Uzbekistán
49. República de Yemen
50. República de Yibuti
51. República de Zambia
52. República de Zimbabue
53. República del Chad
54. República del Níger
55. República del Sudán
56. República Democrática de Santo Tomé y Príncipe
57. República Democrática de Timor Oriental
58. República del Congo
59. República Democrática del Congo
60. República Democrática Federal de Etiopía
61. República Democrática Popular Lao
62. República Democrática Socialista de Sri Lanka
63. República Federal de Somalia
64. República Federal Democrática de Nepal
65. República Gabonesa
66. República Islámica de Afganistán
67. República Islámica de Irán
68. República Popular de Bangladés
69. República Popular Democrática de Corea
70. República Togolesa
71. República Unida de Tanzania
72. Territorio Británico de Ultramar Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno
73. Tristán da Cunha
74. Tuvalu
75. Unión de las Comoras
Impuesto a las Ganancias en Neuquén y Río Negro: dudas sobre cuándo se vuelve a pagar, aunque se promulgó el paquete fiscal
Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el paquete fiscal, que incluye la reversión del impuesto a las ganancias y la quita del diferencial para la zona patagónica, ambas medidas con fuerte impacto en Neuquén y Río Negro. Sin embargo, siguen las dudas desde cuándo se comenzará a cobrar, mientras que las judicializaciones podrían convertirse en trabas y desde Neuquén tratan de salvar a los petroleros del pago.
Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 593 para el paquete de «medidas fiscales paliativas y relevantes». Este incluye en su título V las modificaciones que se hicieron a la ley del impuesto a las ganancias, que había sufrido modificaciones para dejar afuera a la cuarta categoría.
Entre sus puntos principales está que se fija la base imponible en 1.800.000 pesos para solteros y en 2.300.000 para casados. En el caso de Neuquén, Río Negro y la Patagonia ya no se aplica a los salarios la suma del 22% a la base no imponible, por lo que los trabajadores pagarán lo mismo que en cualquier parte del país.
Cuando en Diputados se aprobó la reversión del impuesto a las ganancias sin tener en cuenta el rechazo del Senado comenzó la duda sobre cuándo se comenzaría a cobrar. Se dijo que si se publicaba rápidamente, entraría en vigencia en agosto.
Sin embargo, la promulgación se postergó más de una semana y ahora que finalmente ocurrió, surgieron nuevas dudas.
Según Infobae, fuentes del Gobierno nacional aseguraron que esperan unos dos meses para reglamentar ambos decretos, el del paquete fiscal y el de la Ley Bases, para no generar «expectativas desmedidas».
Así se entiende que el pago del impuesto a las ganancias no estaría vigente hasta septiembre u octubre.
Sin embargo, hay otra salvedad que realizan medios especializados y es que una vez reglamentado el decreto, debe publicarse la resolución de la AFIP sobre cómo se aplicará en la práctica, aunque se estima que sería una acción casi inmediata.
Lo que sí hizo AFIP es publicar la resolución 5519/24 que estableció plazo hasta el 15 de julio de este año para completar el formulario 572 web en el que se plasman las deducciones del impuesto a las ganancias.
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