Guarderías en empresas: escasos avances y dudas sobre la suma de dinero que debe abonarse
Los claroscuros normativos y la falta de reglamentación hacen que la instalación de salas maternales en lugares de trabajo no sea la esperada. Los casos particulares de empresas de transporte, de servicios petroleros y de limpieza-maestranza. El monto a abonarse si no se ofrecen tales espacios, ¿es por cantidad de hijos/as del/de la empleado/a, o solo por empleado/a?
Desde el 23 de marzo rige para las empresas la obligatoriedad de instalar salas maternales para el cuidado de los hijos/as de sus trabajadores, o bien, según dice la legislación, dicha obligación podrá sustituirse por una suma dineraria. ¿Qué avances hay hasta el momento? ¿Los convenios colectivos de trabajo se encargaron de reglamentar?
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