El nuevo precio del dólar tarjeta tras la eliminación del Impuesto PAIS
A través del Boletín Oficial, se confirmó los cambios en el valor del dólar tarjeta. Los detalles.
La semana que viene se espera la eliminación definitiva del Impuesto PAIS, pero antes el gobierno de Javier Milei confirmó a través de la publicación del Boletín Oficial de este jueves, cuáles serán los cambios en el dólar tarjeta.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó una resolución para oficializar la implementación de un nuevo esquema impositivo tras la eliminación del Impuesto PAIS de manera que se pueda mantener la carga del 30% al dólar tarjeta -utilizado para viajes y consumos en el exterior-, pero con modificaciones en su alcance y aplicación.
De acuerdo con la norma establecida a través del Boletín Oficial, el impuesto ya no será llamado como Impuesto PAIS y se eliminan percepciones para sectores específicos, aunque los consumidores continuarán abonando este tributo en operaciones como la compra de dólar ahorro y la adquisición de bienes y servicios en el exterior.
«La finalización de la vigencia del Impuesto PAIS no conllevaría la culminación del régimen de percepción antedicho, pero obliga a la adecuación de la técnica legislativa empleada en la Resolución General N° 4.815, sus modificatorias y complementarias», explica el documento y agrega que: «Se estima conveniente sustituir la mencionada resolución general por un nuevo texto ordenado, cuyos términos preserven la continuidad y el alcance del régimen de percepción establecido por la citada norma».
Con el fin del impuesto PAIS la compra de dólar para gastos en el exterior será más accesible desde el el 23 de diciembre. Desde esta fecha el recargo aplicado al dólar tarjeta disminuirá al 30%, correspondiente únicamente a la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales.
Cambios en el dólar tarjeta: qué operaciones están alcanzadas y cuáles quedan excluidas
Según lo establecido en la resolución, las operaciones alcanzadas por el cambio en el dólar serán:
- Compra de moneda extranjera: Para atesoramiento o pago de importaciones de mercaderías específicas.
- Pagos en el exterior: Realizados con tarjetas de crédito, débito u otros medios equivalentes.
- Servicios contratados en el exterior: Incluye servicios adquiridos mediante agencias de viajes y turismo.
- Servicios de transporte internacional: Aéreo, terrestre y acuático.
Por otra parte se destacó que el impuesto seguirá vigente para operaciones relacionadas con los denominados «dólar ahorro», «dólar tarjeta» y «dólar turista». Sin embargo, quedarán excluidos del nuevo régimen las siguientes operaciones:
- Gastos en salud, medicamentos y educación.
- Adquisiciones para investigación estatal o universitaria.
- Transporte terrestre hacia países limítrofes.
Con información de Noticias Argentinas y Ámbito
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