Dólar tarjeta y gastos en el exterior: cómo pedir la devolución del 30% de retención
Es para los gastos en dólar tarjeta realizados durante el 2024.
El sistema de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecua el sistema para tramitar la devolución de percepciones del 30% por la compra de dólar oficial. Es para los gastos realizados durante el 2024, y fue anunciado a cuatro días de que se ponga fin al impuesto PAIS.
La oficialización de la iniciativa se conoció este jueves a través de la Resolución General N° 5617/24, publicada en el Boletín Oficial. En el texto se aclara que el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera continúa vigente en los mismos términos establecidos a través de la sustituida RG 4815/2020.
Además, desde la ARCA aclaran que avanzan en reintegrar las percepciones hasta 2023 inclusive, correspondientes a la Resolución General N° 4815/2020, aplicadas sobre operaciones en moneda extranjera. El proceso se realiza en forma escalonada y prevé completar el total de devoluciones en marzo 2025.
Dólar tarjeta y gastos en el exterior: el paso a paso para tramitar la devolución de percepciones ante ARCA
Según informó la ex AFIP, hasta el momento, se reintegró ese 30% a 135.000 CUITs por un total de $ 60.000 millones. Te contamos el paso a paso sobre como tramitar la devolución de las percepciones por la compra de dólar oficial o gastos con tarjeta en el exterior.
- Acceder con CUIT y clave fiscal a la web de ARCA.
- Entrar al servicio “Devolución de percepciones” y seleccionar el período fiscal 2024.
- Pago a Cuenta, percepción por compras en el exterior, RG 4815. En el menú van a aparecer opciones para informar percepciones por compra de dólares; gastos en el exterior por consumos con tarjeta de crédito y débito por pasajes aéreos o servicios turísticos o servicios contratados (plataformas digitales, por ejemplo).
- Una vez concluido el trámite, habrá que apretar en: finalizar.
Dólar tarjeta y gastos en el exterior: qué operaciones están alcanzadas por el nuevo régimen
Según detallaron desde ARCA las operaciones son:
- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (incluidos cheques de viajero) por parte de residentes en el país para: atesoramiento o sin un destino específico.
- Cambio de divisas por entidades financieras para pagos de bienes y/o servicios en el exterior, cuando se efectúa mediante: tarjetas de crédito, compra o débito. Otros medios de pago equivalentes (incluidos pagos por portales virtuales o compras a distancia).
- Cambio de divisas por entidades financieras para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, cuando se efectúa mediante: tarjetas de crédito, compra o débito. Otros medios de pago equivalentes.
- Adquisición de servicios internacionales (paquetes turísticos, alojamiento, etc.) contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
- Adquisición de pasajes internacionales de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática.
Con información de Clarín.
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