Cambios en las prepagas: ya no habrá que derivar aportes a una obra social para contratarlas

La medida, que entrará en vigencia en diciembre, ya fue adoptada por una de las principales empresas de medicina privada.

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) publicará la semana próxima una resolución a partir de la cual, todas las entidades que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social deberán inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud.

Con esta medida, que entraría en vigencia desde el 1 de diciembre, ya no será necesario que los trabajadores registrados pasen por una obra social sindical para que, luego, esta derive esos aportes a la empresa de medicina privada, indicó una nota del diario Clarín en la que se cita fuentes sociales.

La decisión fue comunicada, señaló esa información periodística, por el ministro de Saludo Mario Lugones, en una reunión que mantuvo con representantes de las obras sociales y prepagas más importantes del país.

Una de las empresas que ya obtuvo el ingreso al mencionado Registro es Swiss Medical, por lo cual los trabajadores que quieran atenderse con esa prestadora no deberán canalizar sus aportes a través de una obra social previa.


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A modo de adelanto, este jueves el vocero presidencial, Manuel Adorni, dijo que los aportes podrán ser derivados de manera directa «sin tener que pagarle a ninguna obra social fantasma que oficie de intermediaria y se quede con un pedazo de comisión».

El funcionario celebró la decisión de Swiss Medical e invitó «a las demás empresas a adherir al sistema”. Ahora, no habría una “invitación” sino que las empresas de medicina deberán inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud.

Cuando empezó su gestión, el presidente Javier Milei desreguló el sistema de Salud, lo que permitió que los beneficiarios puedan elegir derivar sus aportes y contribuciones a una Obra Social o a una Entidad de Medicina Prepaga, en forma directa y evitando intermediarios. 

Esto fue por medio del DNU 70/23, que modificó las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 que incorporaron como Agentes del Seguro al Sistema Nacional del Seguro de Salud a las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 26.682, es decir, a las empresas de medicina prepaga.

Con información de Noticias Argentinas

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