Cambios en Ganancias: AFIP confirmó que no habrá pago retroactivo para los salarios de junio

Así lo informó al reglamentar la restitución del impuesto este miércoles.

La restitución del Impuesto a las Ganancias que se oficializó esta semana para los trabajadores en relación de dependencia no alcanzará retroactivamente a los salarios de junio, según definió hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) al reglamentarla.

Aunque se especulaba con esta decisión, no fue hasta este miércoles que se oficializó por parte del organismo, que aclaró que los cambios se aplicarán a partir de los haberes devengados y percibidos desde julio en adelante, dejando afuera aquellos del mes pasado.

De esta forma, se adecuó la normativa de al AFIP a lo que recientemente se aprobó en el Congreso de la Nación con la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, texto también conocido como paquete fiscal.

Los cambios, entonces, no afectarán a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después de esta.

En resumen, los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General.

Este tratamiento cambia la regla habitual de retener el impuesto según el momento en que se cobra.


Impuesto a las Ganancias: cómo se calculará la retención


Por otra parte la norma de AFIP estipuló que a partir de julio, el cálculo de retenciones se realizará de la siguiente forma.

Para los ingresos devengados desde el 1° de julio y percibidos hasta el 31 de agosto de 2024, se utilizarán los montos originales establecidos por la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y
Relevantes.

En tanto, en septiembre se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del impuesto. El coeficiente de actualización se basará en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024.

Mientras que las liquidaciones practicadas desde el 1° de septiembre considerarán las deducciones personales y escala del impuesto acumuladas al 31 de agosto. A estas se sumarán las
actualizadas a septiembre.

A partir de la publicación de la norma se encontrará disponible el servicio web SIRADIG-TRABAJADOR.

Con información de Noticias Argentinas

Impuesto a las Ganancias: quiénes deberán pagarlo tras su restitución


Entre 800 mil y un millón de trabajadores del país pagarán el impuesto a las ganancias con sus salarios de julio, que percibirán en agosto. Será para los solteros desde los $ 1.800.000, o sea unos $1.494.000 netos o «de bolsillo». Para los casados la base será de 2.200.000, unos $1.781.000 netos.

Quedan incluidos en el cálculo de la base de lo que se paga las horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia, zona patagónica y similares.

La actualización de la base para calcular quiénes pagan se hará cada tres meses durante este 2024Luego se calculará cada seis meses, tomando el la inflación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).


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