Alquileres: el aumento de junio es inédito y te mostramos cómo calcularlo

La Ley 27.551, conocida como Ley de Alquileres, sigue vigente. La misma establece el mecanismo de ajuste anual y ya se conoce cuál es el porcentaje de incremento del sexto mes del año 2023. ¿Cómo calcular los valores actualizados?

Alquileres: tendrán un inédito aumento en el mes de junio.

El mercado de alquileres en la región, principalmente en el aglomerado Gran Neuquén, se caracteriza por una escasez de oferta, en buena medida explicada por el boom de Vaca Muerta. Bariloche y otros centros turísticos también padecen un notable exceso de demanda, debido a la conveniencia de ofrecer hospedajes por día y no contratos de locación como los establecidos por la todavía vigente ley de alquileres. No es casual que los precios de los inmuebles en alquiler en la región sean relativamente elevados.

Si a esta situación le sumamos la inestabilidad macroeconómica a nivel nacional, cuyo principal flagelo posiblemente sea la inflación, nos encontramos ante un panorama complejo no solo en cuanto a nivel de precios, sino también a variaciones de precios.

Los ajustes de los alquileres son anuales, según establece la Ley vigente, y se establecen en base al Índice para Contratos de Locación (ICL), que construye el Banco Central de la República Argentina (BCRA) considerando dos variables clave de la economía: inflación y salarios. En lo que a inflación refiere, se utiliza el clásico Índice de Precios al Consumidor (INDEC) que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), y en cuanto a salarios se emplea la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que publica la Secretaría de Seguridad Social con periodicidad mensual.

El aumento del alquiler de junio y lo que se viene


Tomando como base el ICL, el aumento de alquileres para los contratos que se actualizan el 1 de junio de 2023 es del 100%. Tal porcentaje es mayor que el 95,94% de mayo y es la primera vez que la actualización alcanza los 3 dígitos. Es decir, si te corresponde actualización del contrato de alquiler este mes y hasta el mes pasado pagabas $60.000 mensuales, por ejemplo, pagarás desde junio y durante doce meses un alquiler de $120.000. En sencillas palabras, exactamente el doble. Se trata de un incremento más que sensible para los bolsillos de quienes aún no logran acceder a su vivienda propia.

Considerando que el ICL se calcula en partes iguales con inflación y salarios, es esperable que para los meses venideros el porcentaje de actualización de alquileres continúe su tendencia alcista, pues la inflación rompe records mes a mes.

¿Cómo saber de cuánto será mi alquiler en junio?


Si la actualización de tu contrato es en junio, pero no exactamente el día 1 de junio, el porcentaje podría ser mayor al 100%. Con la calculadora de la web podrás conocer cuánto deberás abonar de alquiler a partir de la actualización que pudiera corresponderte.

En la calculadora deberás indicar fecha de inicio de contrato (por ejemplo, 15/05/2022), la fecha de actualización (por ejemplo, 15/05/2023), el monto inicial del alquiler y hacer clic en el botón «calcular». En caso de tratarse de la segunda actualización anual (los contratos de alquiler se confeccionan por tres años, de acuerdo a la ley vigente), obtendrás dos valores: el del ajuste anterior y el siguiente.

Dato

100%
Es el aumento del precio de los alquileres a quienes les corresponde actualización el 1 de junio de 2023

Se decidió suspender la ley de alquileres


No son pocos quienes opinan que la oferta de alquileres en muchos puntos de nuestro país no es mayor debido a las condiciones impuestas por La Ley 27.551. Como en todo mercado, una escasez de oferta de viviendas para locación sumada a una demanda pujante debido a las dificultades de acceso a la vivienda propia redundan en precios elevadísimos, además de relaciones asimétricas y “desabastecimiento”.

Es por ello que, según trascendió, el Presidente la Nación, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Sergio Massa, acordaron suspender la aplicación de la mencionada ley una vez que hallen una alternativa convincente para reemplazarla.

Son la duración y la periodicidad de las actualizaciones los dos puntos más controversiales de la normativa.

Son la duración y la periodicidad de las actualizaciones los dos puntos más controversiales de la normativa, puesto que a ello adjudican los bajos incentivos para ofrecer inmuebles bajo contratos de locación, atento a la elevada inflación y a la alta incertidumbre.

Al respecto, la Federación de Inquilinos Nacional advirtió en un comunicado que modificar la ley por decreto sería inconstitucional y adjudican los problemas existentes en el mercado a la “gravísima incapacidad” del Gobierno nacional para controlar el cumplimiento de la norma.

Por aplicación de principios generales del derecho, la suspensión de la Ley 27.551 no debería afectar los contratos en curso ni las relaciones contractuales celebradas mientras siga en vigencia.

Es esperable que la oferta de inmuebles en alquiler siga con restricciones en tanto no se implemente alguna alternativa a la ley vigente.

Por aplicación de principios generales del derecho, la suspensión de la Ley 27.551 no debería afectar los contratos en curso ni las relaciones contractuales celebradas mientras siga en vigencia.


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