AFIP: las claves del nuevo plan de facilidades de pago
Conocé qué deudas y contribuyentes están comprendidos, qué tipos de planes habrá y cuáles son las condiciones y beneficios.
Por Cr. Gonzalo Gutiérrez (CHINNI, SELEME, BUGNER Y ASOC.)
Mediante Resolución General 5425/23, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamenta la implementación de un nuevo plan de facilidades de pago (PFP) que permitirá regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social, con importantes beneficios de financiación.
A continuación, describimos los aspectos principales que deberán cumplimentar los contribuyentes que deseen acceder:
Plan de facilidades de pago de AFIP: Tipo de deudas
Se podrán incluir obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas, vencidas hasta el 31 de agosto de 2023.
También se incluyen multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos.
Es importante aclarar que el presente “plan de pagos” no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de sanciones. Además se podrán reformular planes vigentes y caducos antes del 01/10/2023.
Plan de facilidades de pago de AFIP: Tipos de planes de facilidades de pago
Los contribuyentes podrán acceder a tres (3) tipos de planes financiación, los cuales se caracterizan específicamente por el tipo de obligación a incluir.
a) Plan por deuda general: alcanza a las deudas por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas las correspondientes a los aportes previsionales de los trabajadores autónomos y Monotributistas.
b) Plan por deuda de aportes de la seguridad social correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia que los empleadores no hubieran abonado en el F.931.
Con el nuevo plan de facilidades de pago se podrá regularizar, con importantes beneficios de financiación, deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social
c) Plan por deuda de retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social.
d) Plan por deuda aduanera: alcanza a las multas impuestas, los cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y a las liquidaciones de los citados tributos
Plan de facilidades de pago de AFIP: Contribuyentes incluidos
a) Pequeños Contribuyentes: entendiéndose por tales a las personas humanas y sucesiones indivisas que se encuentren caracterizadas en el “Sistema Registral” con el código “547 – Pequeño Contribuyente”.
b) Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con “Certificado MiPyME” vigente.
c) Entidades sin fines de lucro tales como asociaciones, fundaciones, cooperativas, iglesias o entidades religiosas, entre otras.
Plan de facilidades de pago de AFIP: Condiciones y beneficios
Pequeños Contribuyentes, Entidades sin fines de lucro, Micro y Pequeñas Empresas, podrán acceder a:
– Financiación de 120 cuotas para deuda general.
– Financiación de 60 cuotas para deuda de aportes de seguridad social.
– Financiación de 18 cuotas para deuda de retenciones y percepciones.
– Financiación de 120 cuotas para deuda aduanera.
– Además, accederán a una reducción del 30% de la tasa de interés. Tomando en cuenta ese parámetro, a la fecha quedaría una tasa de interés de financiación del 4,13% mensual.
Medianas empresas -tramo 1– podrán acceder a:
– Financiación de 72 cuotas para deuda general.
– Financiación de 36 cuotas para deuda de aportes de seguridad social.
– Financiación de 9 cuotas para deuda de retenciones y percepciones.
– Financiación de 72 cuotas para deuda aduanera.
– Además, accederán a una reducción del 10% de la tasa de interés. Tomando en cuenta ese parámetro, a la fecha quedaría una tasa de interés de financiación del 5,31% mensual.
Se podrá acceder a 3 tipos de planes financiación según el tipo de obligación a incluir.
Medianas empresas -tramo 2- podrán acceder a:
– Financiación de 60 cuotas para deuda general.
– Financiación de 24 cuotas para deuda de aportes de seguridad social.
– Financiación de 6 cuotas para deuda de retenciones y percepciones.
– Financiación de 60 cuotas para deuda aduanera.
– Estas empresas no tendrán beneficio de reducción de tasa de financiación.
Las empresas podrán acogerse al PFP a partir del 17 de octubre y estará disponible hasta el 29 de diciembre de 2023.
Las empresas podrán acogerse al PFP a partir del 17 de octubre y estará disponible hasta el 29 de diciembre de 2023. Sistémicamente deberán hacerlo ingresando con clave fiscal a “Mis Facilidades”, opción “RG 5.425 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2023”.
Por último, cabe indicar que quienes suscriban quedarán restringidos para acceder al dólar CCL durante el plazo que dure el plan.
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