¿Desconocer los derechos reproductivos?
Por Eva Giberti
Con cierta periodicidad, la discusión acerca de los derechos reproductivos aparece en los medios de comunicación; con mayor o menor énfasis según quienes sean los contendientes, el tema termina abriendo polémicas alrededor de cuestiones ajenas a la discusión.
La indiferencia con la cual innumerables mujeres escuchan cómo se discute pero no logran interesarse en un derecho humano que les compete les resulta peligrosa. Como si dijeran: «En esas cuestiones de las leyes yo no opino porque no entiendo…». ¿Cómo es posible que suponga no entender cuando la ley le habla de su cuerpo, de su vida sexual y de su capacidad para reproducirse? porque de eso se trata cuando hablamos de derechos reproductivos.
Parecería que esta expresión, que incluye la palabra derecho, espantase a aquellas mujeres que suponen que están frente a un tema jurídico; también tiene esas características, pero fundamentalmente se trata de pensar si queremos tener hijos en cualquier momento, o si nos asiste el derecho de regular los períodos de tiempo entre cada uno.
Estos derechos no se limitan a la concepción, también incluyen a la posibilidad de obtener toda la información necesaria acerca de nuestra genitalidad y nuestro derecho a disponer de ella. Durante el terrorismo de Estado existieron decretos destinados a limitar toda información acerca de las técnicas de planificación familiar o de parentalidad responsable, pero con la llegada de la democracia se derogó estas prohibición mediante el decreto 2298 del año 1986, el cual sostenía el derecho de la pareja a decidir libremente acerca del número y espaciamiento de hijos. Al mismo tiempo recomendaba que el Ministerio de Salud Pública incrementase la protección de la madre y de los chicos.
Pero era necesaria una legislación que sostuviese los contenidos de ese decreto: se presentaron varios proyectos en las cámaras, pero… el que fue aprobado por mayoría aún se encuentra, sin ser tratado, en el Senado de la Nación.
Uno de los puntos de inflexión de este problema reside en que los embarazos no deseados se constituyen en violencia contra las mujeres, y por otra parte, en determinados sectores de la comunidad, es tan enorme el desconocimiento acerca de las diversas mecánicas que se utilizan para regular la natalidad, que miles de mujeres deben asumir una gravidez que, por ignorancia no pudieron prever ni evitar. Estos son los sectores populares que no cuentan con el suficiente apoyo ni información que provenga de instituciones nacionales, municipales o provinciales, salvando algunas excepciones; en cambio las mujeres de los sectores de clase media y alta cuentan con médicos que practican medicina privada y que asesoran acerca de los distintos métodos que se ocupan de regular la fertilidad.
Lo que parece no comprenderse, o bien se decide hacer caso omiso a la firma de los tratados internacionales que nuestro país rubricó, al desconocer la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer que dice: «Los Estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación en la esfera de la atención médica a fin de asegurar la igualdad entre mujeres y hombres, el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a planificación familiar». Pues bien, entre nosotros se procede como si esa convención -y nuestra adhesión internacional a ella- no existiese; recordemos que la capacidad reproductiva no es la misma para hombres que para mujeres: nosotras corremos riesgos de los que los hombres están eximidos cuando actuamos en función de reproductoras. Este punto señala que no disponemos de la posibilidad de tener igualdad de oportunidades con los varones, dado que, además, la sociedad decidió que sólo nosotras tendríamos a nuestro cargo la crianza de los hijos.
La gravidez impuesta, no voluntaria, es violatoria de los derechos de las mujeres y vulnera la pretensión de lograr igualdad de oportunidades para ambos géneros. Y es responsabilidad de Estado cumplir con las pautas que las convenciones internacionales propusieron, porque si bien la mecánica reproductiva de las mujeres las autoriza a concebir, es la legislación y no la naturaleza la que ordena los procedimientos destinados a acompañar a la madre y la mujer que no desea concebir.
También en este nivel de políticas nacionales dejamos de cumplir con los compromisos firmados en foros internacionales: pero lo más grave es la situación subordinada en la que se posiciona a las mujeres de menores recursos.
Con cierta periodicidad, la discusión acerca de los derechos reproductivos aparece en los medios de comunicación; con mayor o menor énfasis según quienes sean los contendientes, el tema termina abriendo polémicas alrededor de cuestiones ajenas a la discusión.
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