Crédito para monotributistas
El gobierno relanzó el plan a fines de agosto a fin de contener a uno de los sectores más golpeados por la pandemia. El financiamiento otorga un plazo de gracia de seis meses y permite pagar en 12 cuotas sin interés. El detalle y el paso a paso para acceder.
Por Cr. Federico Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)
El pasado 27/08/2021 el gobierno relanzo los préstamos para monotributistas como una medida de ayuda para aumentar la actividad económica en estos sectores.
El programa tiene grandes beneficios. El primero es que son prestamos con un plazo de gracia de 6 meses y luego se puede devolver en 12 cuotas y sin intereses. Claramente termina siendo un beneficio de licuación de la deuda ya que con una inflación del 40%-50% el monto de capital a devolver se deprecia en el tiempo.
Por otra parte, la norma estable ciertas restricción para las personas que accedan al empréstito ya que los inhabilita de poder comprar los u$s 200 mensuales o incluso no les permite poder operar con el contado con liquidación.
Para acceder, los monotributistas tendrán que ser “puros”, como los denominan desde el Gobierno.
Eso quiere decir que tienen que cumplir con una serie de requisitos:
– Estar adheridos al monotributo y cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
– No percibir un ingreso por trabajar en relación de dependencia.
– No cobrar una jubilación.
– No prestar servicios al sector público. Entran en este punto aquellos monotributistas que emitieron el 70% de su facturación a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.
– No estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central
Los montos máximos que pueden solicitar difieren según la categoría que tenían hasta el 30/06. Es decir que para las categorías A el importe máximo es de $ 90.000, para la categoría B el importe es $ 120.000 y para el resto de los contribuyentes es de $ 150.000.
El préstamo se acredita en un solo desembolso en la tarjeta de crédito del contribuyente y si el contribuyente tuviese deuda no cancelada del préstamo anterior previamente a realizar el desembolso se descontarán las cuotas impagas. Si quedara un remanente se acreditará en la tarjeta. Es decir que no se excluye por incumplidores a estos contribuyentes.
Quienes accedan al crédito quedan excluídos para comprar los u$s 200 mensuales y no se les permite operar con el contado con liquidación.
Hay tiempo hasta el 31/12/2021 y el trámite es bastante sencillo para que los contribuyentes puedan gestionarlo individualmente desde la página de AFIP. En el portal también podrán encontrar un instructivo para hacer la solicitud.
Los pasos para seguir son los siguientes:
1) Primero el contribuyente deberá ingresar con su clave fiscal y seleccionar el servicio “crédito a Tasa Cero”. En caso de que no tenga adherido deberá ingresa a Administración de Relaciones y hacer la adhesión. Una vez cumplidos esos pasos tienen que salir y volver a ingresar con clave fiscal para poder visualizar el servicio “Crédito a Tasa Cero”.
2) Indicar el monto del crédito que desea tramitar el contribuyente.
3) Informar un correo electrónico y seleccionar la entidad bancaria a la cual pertenece la tarjeta de crédito donde se acreditará el crédito. Quienes no cuenten con dicho medio de pago deberán seleccionar una entidad bancaria que le emitirá una tarjeta para recibir allí el crédito.
4) Corroborar los datos y, de ser necesario, editarlos desde la opción “Modificar datos”.
5) Descargar la constancia del trámite de la solicitud.
6) Contactar, a partir del día siguiente, a la entidad bancaria elegida para finalizar el procedimiento.
Comentarios