Confirmaron el sobreseimiento de mapuches por una causa de usurpación en Bariloche

Los jueces del Tribunal de Impugnación de la provincia desestimaron un recurso de la querella y, en consecuencia, quedó en pie la resolución que ellos mismos habían dictado a finales de noviembre pasado para sobreseer a ocho imputados.

Los jueces del Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) Miguel Ángel Cardella, Marcelo Álvarez y Guillermo Bustamante resolvieron declarar inadmisible un recurso extraordinario que había presentado el representante legal de Emilio Friedrich y Víctor Sánchez contra la resolución que sobreseyó a miembros, en su mayoría, de la comunidad mapuche Buenuleo, que estaban imputados por la usurpación de un valioso lote en el cerro Ventana, en Bariloche.

Al declarar inadmisible la impugnación extraordinaria del abogado de Friedrich, sigue en pie el sobreseimiento de Ramiro Abelardo Andrés Buenuleo, Sandra Noemí Ferman, Claudio Javier Raile, Nahuel Aucan Maliqueo, Nicolás Antonio Quijada, Lucas Emanuel Dinamarca, Rosa Mabel Buenuleo y Mauro Egor Millan.

Los jueces rechazaron la presentación del abogado por la querella Alejandro Pschunder porque advirtieron que presentó el recurso fuera del plazo previsto por el Código Procesal Penal de la provincia. El TIP dictó el fallo -al que RÍO NEGRO accedió- el 30 de diciembre último.

Las ocho personas habían sido imputadas por haber usurpado y despojado el 10 de septiembre de 2019 a Friedrich y Sánchez de un lote de 92 hectáreas que poseían en ese momento. El lote está ubicado en el faldeo del cerro Ventana, al sur del ejido de Bariloche.

Los imputados irrumpieron la mañana del 10 de septiembre en un sector de esa fracción de tierra y se instalaron. Alegaron que se trataba de un acto de recuperación de lo que consideran es parte del territorio de la comunidad mapuche Buenuleo.

Los particulares denunciaron la usurpación y la fiscalía de Bariloche los acusó. El juez de garantías Sergio Pichetto admitió a mediados de septiembre de 2019 los cargos y también orden la restitución del lote a los denunciantes. La causa penal siguió su trámite y tuvo varias idas y vueltas. Hasta la Corte Suprema se pronunció y resolvió que el expediente se tenía que tramitar en el fuero provincial.

Mientras el expediente penal seguía su curso, la presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) la rionegrina Magdalena Odarda dictó una resolución el 21 de septriembre del 2020 que reconoció “la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Che Buenuleo sobre 481 hectáreas en la zona del cerro Ventana, en Bariloche”. El lote en litigio quedó incluido dentro de esas 481 hectáreas reconocidas a los Buenuleo.

Tras la difusión de esa resolución del INAI, fiscales de Bariloche desistieron de seguir adelante con la persecusión penal contra los 8 imputados y solo la querella continuó impulsando la acusación.

Sin embargo, semanas atrás la Cámara Contencioso Administrativo Federal de Buenos Aires admitió un recurso de los particulares declaró nula esa resolución de Odarda.

A todo esto, el 24 de noviembre de 2021, los jueces del TIP sobreseyeron a los ocho imputados. Y esa decisión se confirmó con una nueva resolución.


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