Confirman perpetua para el hombre de Jacobacci que mató a su nieta
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia descartó que un trastorno mental transitorio hubiera eximido de culpa al hombre que asesinó a su nieta e intentó matarse después de discutir con su ex esposa, y confirmó la condena a prisión perpetua que le impusiera la Cámara Primera del Crimen de Bariloche. Los jueces entendieron que el homicida había ordenado sus acciones de manera adecuada y sin levantar sospechas, con el afán de vengarse de la mujer, en un hecho que conmocionó a la comunidad de Jacobacci El 16 de noviembre de 2009 la Cámara barilochense condenó Pedro Andrés Gatica, de 50 años, entendiendo que no existían atenuantes para el hombre que mató a la chiquita. El hecho ocurrió a las 13.30 del 9 de mayo de 2009 en una habitación de la casa que la pareja había ocupado con sus hijos hasta unos tres meses antes, cuando se separaron. A esa hora la ex mujer y la hija de Gatica salieron a la calle con la nena bañada de sangre para llevarla al hospital de Jacobacci. De allí la trasladaron a Bariloche, pero la bala de punta hueca le había provocado un estallido de cráneo y la nena murió en el viaje. A Gatica lo condenaron por homicidio doblemente calificado, por su calidad de abuelo de la víctima, y por alevosía, porque apoyó el cañón de su rifle en el parietal derecho de la nena, en una conducta preordenada, aprovechando su estado de indefensión y sin darle oportunidad de defenderse. “Solicitó un arma de fuego prestada a un vecino, a quien le proporcionó una excusa. Le dijo a su mujer que se iba a llevar lo que más quería. Comprendió la criminalidad del hecho y no actuó con alteración morbosa de sus facultades”, sentenció el juez Alejandro Ramos Mejía, y consignó que “la no contención del impulso o del freno inhibitorio, en modo alguno autorizan a irresponsabilizar al autor de un hecho”. La inimputabilidad fue planteada en la casación, pero el STJ convalidó el fallo condenatorio. Entre otros conceptos expuso que “la lesión a los bienes morales del individuo debe ser sorpresiva y creadora de reacciones imprevistas” pero en este caso, en cambio, “el hecho aparece como un acto de venganza planificado contra la abuela, pues (la víctima) era lo más querido”. Y recordaron que consiguió el arma, le advirtió a su ex mujer lo que ocurriría y llamó a la niña por su nombre en diminutivo, la llevó al dormitorio “y ahí le dispara con precisión, luego de lo cual intentó hacer lo mismo con él”.
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