Condenan a los hermanos Pazos por matar a Ulloga
La pena fue por “homicidio en ocasión de robo”.
SAN ANTONIO OESTE (ASA)- Los hermanos Rocío y Gerardo Pazos, de 22 y 30 años respectivamente, fueron condenados ayer a 13 y 11 años de reclusión por el asesinato de Santiago Ulloga, el hombre de 84 años que en mayo de 2008 fue hallado sin vida en su domicilio del barrio de las viviendas del plan ‘Fonavi’ de esta localidad. La sentencia, bajo la figura de “homicidio en ocasión de robo”, fue comunicada ayer cerca del mediodía por los jueces de la sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, que consideraron que los jóvenes ingresaron con la intención de robar a la casa de Ulloga y qué “una vez en el interior de la vivienda y ante la resistencia opuesta por la víctima , lo redujeron mediante golpes en la cabeza, lo ataron de pies y manos con cordones, le introdujeron dos paños tipo toalla en la boca, dándose finalmente a la fuga”. Quedó probado que Rocío, que conocía al hombre, fue la primera que ingresó al lugar y posibilitó luego la entrada de su hermano. Consigna qué “la planilla de defunción del occiso habla de la existencia de un cuerpo sin vida en posición de cúbito dorsal con sus manos y pies atados con cordones (…) la cabeza del mismo introducida entre los caños de la silla, motivo que llevó a cortar uno de los caños para liberarlo. También da cuenta que el médico policial saca de la boca de Ulloga un repasador con colores rojo, verde y blanco y luego uno más introducido en su boca, lo que le obstruía directamente las vías respiratorias”. Teniendo en cuenta esto los magistrados afirmaron qué “por lo menos uno de los dos repasadores estaba introducido en la cavidad bucal por completo” motivo por el cual “no podían hacerlos dejar de prever el desenlace muerte”. Para los jueces, además, “el móvil de robo, también se acredita no sólo por el desorden que imperaba en la vivienda, sino porque el propio hijo de Ulloga de nombre Marcelo, manifestó en el debate que el padre había cobrado un juicio y se lo decía a todo el mundo, a pesar de las veces que él le había pedido que no lo hiciera”. Entre los atenuantes analizados al condenar a Rocío Belén Pazos (actualmente embarazada) estuvieron a su favor la corta edad que ostentaba al momento del hecho (20 años) su grado de instrucción mínima y su carencia de antecedentes, en tanto que como agravantes pesaron “la traición a la confianza que le dispensara la víctima, sabiendo además que era una persona mayor, con problemas cardíacos y que la había acogido de buen grado y le retribuía económicamente por tareas que poco o nada hacía” Con respecto a Gerardo obraron a su favor “la carencia de antecedentes penales y su juventud” y como agravantes “el haber tomado parte activa en la neutralización física de la víctima y sobre todo el método empleado para ello, innecesario por lo cruento y porque existían otras alternativas para silenciar a la víctima que no le hubieran producido daño alguno”.
Archivo
Gerardo y Rocío Pazos cometieron el crimen en mayo del 2008.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios