Cómo es el protocolo antipiquetes de Río Negro: mucha mediación y poca intervención policial

El borrador del proyecto elaborado por el nuevo Procurador general tiene considerandos que están en las antípodas del modelo nacional.

El Procurador general Jorge Crespo elaboró una instrucción general destinada a regular la intervención de los fiscales en los conflictos sociales.

Crespo, quien asumió el 10 de enero pasado, señala en el protocolo (según el borrador al que accedió “Río Negro”, y que será firmado en las próximas horas) que “los miembros del Ministerio Público Fiscal (MPF) deben de manera ineludible aportar recursos para la resolución pacífica de los conflictos”.

Deben además “conducir el conflicto hacia una resolución pacífica del conflicto, alejada de la violencia o hipótesis de delitos”.

“Ante conflictos sociales complejos es muy importante que los operadores del MPF comprendan la situación de modo integral, atendiendo a la historia del conflicto y a las relaciones existentes entre los actores involucrados”, dice en otro párrafo.

Del mismo modo, los fiscales “deberán agotar todos los recursos e instancias para garantizar una resolución de los conflictos que no implique daños para la integridad física de las personas involucradas y no involucradas” durante las manifestaciones.

La orden directa del procurador a los fiscales es que deberán “intentar gestionar el conflicto, creando canales de diálogo entre las partes, tratando que los involucrados entiendan el origen de sus diferencias y bregar en todo momento para una solución voluntaria y no violenta del conflicto y sus causas”.

Respecto de la intervención de la policía, “será de manera progresiva y racional, respetando el principio constitucional de legalidad. Se recomendará a las autoridades policiales (según el caso concreto) que deberá intervenir solo para disuadir, evitando toda represión”.

“En caso de ser necesario el uso de la violencia, esta será usada en su mínima expresión, acorde a la situación -proporcionalidad- y solo cuando no exista, en la forma de actuación, otra alternativa posible”.


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