Cómo es el paso a paso para patentar un tráiler, remolque o acoplado

Los tráileres, acoplados y remolques deberán aprobar un informe técnico emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con el fin de verificar que se cumplan las condiciones necesarias para obtener el Certificado de Seguridad Vehicular obligatorio para su patentamiento.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, dispuso la aprobación de un modelo de informe técnico que será requisito previo al otorgamiento del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).

Este certificado es uno de los requerimientos que exige la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) para el trámite de patentamiento de los vehículos comprendidos en la categoría O1. Estos son los acoplados, remolques y tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares.

El informe deberá ser elaborado y emitido por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV, o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.

“Circular con vehículos en condiciones y en regla es obligatorio para hacerlo de manera segura, y más aún cuando se trata de trasladarse con un acoplado o un tráiler. Esta medida busca que quienes conduzcan remolcando este tipo de vehículos lo hagan responsablemente.»

Pablo Martínez Carignano, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

La normativa de la ANSV tiene el objetivo de determinar las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura dentro del territorio nacional, como por ejemplo, guardabarros, paragolpes, estabilidad y luces, entre otras. Una vez aprobado el informe, y emitido el Certificado de Seguridad Vehicular por parte de la ANSV, los propietarios de los vehículos categoría O1 deberán continuar el trámite ante DNRPA para su inscripción y patentamiento.

Cabe remarcar que por resolución de este organismo, a partir de noviembre de 2021 no se podrá circular con la patente 101 actual de este tipo de vehículos.

“Circular con vehículos en condiciones y en regla es obligatorio para hacerlo de manera segura, y más aún cuando se trata de trasladarse con un acoplado o un tráiler. Esta medida busca que quienes conduzcan remolcando este tipo de vehículos lo hagan responsablemente. De esta manera, continuamos trabajando para mejorar el tránsito en todo el país”, expresó el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Pablo Martínez Carignano.


El trámite para patentar un tráiler se inicia ante la DNRPA. Luego, el dueño del vehículo debe dirigirse hacía un taller registrado en la ANSV o a un ingeniero mecánico con competencia en la materia, en donde se realizará el informe técnico correspondiente que detallará si el tráiler cumple o no con las especificaciones indicadas por la normativa vigente.

La patente que se usa en la actualidad en tráileres o remolques estará vigente solo hasta octubre próximo.

Si el informe está aprobado y fue realizado por un taller registrado, se envía directamente a la ANSV. Si lo realizó un ingeniero, este lo envía primero al Colegio de ingenieros de la jurisdicción local, en donde se corrobora que el profesional esté habilitado y que la documentación presentada sea la correcta. Luego de este paso, también es enviado a la ANSV.

Una vez recibido el informe y aprobado por la ANSV, el organismo remitirá por correo electrónico una boleta de pago para que el interesado pueda abonar la certificación solicitada. Cuando la ANSV recibe el pago del Certificado, se envía el mismo directamente al registro seccional de la DNRPA en el que el propietario del vehículo inició el trámite y se lo notificará para que se dirija a dicho registro a fin de concluir con el patentamiento.


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