Chagas: peligrosa subejecución
Por Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia
El Chagas es una problemática socio-ambiental compleja que, además, constituye la enfermedad endémica más extendida en Argentina. Desde hace 14 años, a través de la Ley Nacional de Chagas 26.281, el Estado Nacional se comprometió a diseñar y aplicar, de forma prioritaria, una política de salud que permita abordar esta problemática desde sus diversos ejes.
La Ley establece obligaciones en materia de (i) prevención y control en las diversas formas de transmisión (vectorial, vertical, transfusión sanguínea, donación de órganos y alimentaria), (ii) acceso al diagnóstico y tratamiento, (iii) investigación, capacitación, educación y comunicación sobre la problemática, (iv) terminar con la discriminación que sufren las personas que viven con Chagas, en particular la laboral, (v) coordinación y supervisión de la ejecución provincial de la Ley, entre otras.
De la única forma que el Poder Ejecutivo puede cumplir con todos los deberes legales es a partir de una gestión adecuada de los recursos disponibles, esto incluye un financiamiento adecuado y la ejecución total de las partidas presupuestarias de Chagas.
En este sentido, aunque en 2021 el presupuesto asignado fue el más alto de los últimos 10 años, la ejecución al mes de agosto apenas llega al 5% del crédito vigente en las dos partidas específicas del programa Prevención y Control de Enfermedades Endémicas. En concreto, de la actividad “Prevención y Atención Integral de la Enfermedad de Chagas” sólo fueron utilizados el $3.409.967 de los $69.556.222, es decir, un 4,9%.
Por su parte, de la actividad “Fortalecimiento de la Interrupción de la Transmisión Vectorial del Chagas”, sólo se utilizaron $48.608.325 de los $944.174.352, es decir, un 5,15%.
Hay otra actividad dentro del mismo programa, denominada de “Control de Enfermedades Transmisibles por Vectores y Zoonosis en General”, que si bien podría beneficiar a las políticas de Chagas, por la falta de desagregación de la información no es posible conocer su impacto en el abordaje de la problemática. De todas formas, su ejecución también es muy baja, de apenas un 25,8% al primer semestre, con lo cual, si se contempla esta partida, la ejecución promedio de las tres no llega al 14%.
La subejecución se refleja en la falta de realización de metas que determina la Ley de Presupuesto. Al primer trimestre de 2021 (información más actualizada disponible sobre su ejecución), sólo se realizaron 24.716 de los 90.000 estudios serológicos para personas embarazadas y niñas y niños programados para el trimestre, apenas un 27,5%. Además, en los primeros tres meses, se informó el rociado de 2.261 viviendas, un 56,5% de las 4.000 proyectadas para el primer trimestre.
Ello se da en un contexto preocupante en el que se observa una reducción de las metas anuales proyectadas. Mientras que la Ley de presupuesto dispuso realizar 450.000 estudios serológicos, en el primer informe de seguimiento se indica que son 360.000 las metas anuales. En el caso del rociado de viviendas las metas originales pasaron de 45.000 a 40.000.
Ello se da en un contexto preocupante en el que se observa una reducción de las metas anuales proyectadas. Mientras que la Ley de presupuesto dispuso realizar 450.000 estudios serológicos, en el primer informe de seguimiento se indica que son 360.000 las metas anuales. En el caso del rociado de viviendas las metas originales pasaron de 45.000 a 40.000.
El Estado Nacional, a través de su informe de rendición de cuentas, indica que el rociado de viviendas “…tuvo un desvío negativo de 43,5% debido a la pandemia por Covid-19 que limitó la movilidad de los agentes a otras jurisdicciones.” Además, sobre los estudios serológicos, se indica que “…es habitual que “en los informes trimestrales se refleje la información parcial y la misma se actualice al cierre del ejercicio.” Sin embargo, estas consideraciones no permiten explicar las razones de la bajísima ejecución de las metas en relación con la proyección anual (disminuida) ni los motivos por los cuales la ejecución de los recursos es tan baja.
Una subejecución como la descripta tiene consecuencias concretas y pone en riesgo el acceso a los derechos establecidos por la Ley. Condiciona la posibilidad que tienen las más de 1.5 millones de personas que viven con Chagas en el acceso a la salud, dificulta la prevención de la transmisión vertical de las más de 1500 niñas y niños que nacen con Chagas cada año y aumenta la posibilidad de transmisión de las más de 7.3 millones de personas que se encuentran expuestas a la transmisión vectorial.
Por esa razón, solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional la utilización total de los recursos disponibles con el objetivo de implementar políticas públicas de Chagas que cumplan con sus objetivos legales y aseguren el acceso a derechos de forma prioritaria.
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