Un asunto con fuerza de ley
Jaime A. Flores DNI 94.103.481
BALSA LAS PERLAS
Nadie, fuera del pueblo perlense, puede adjudicarse ser el abanderado de una eventual municipalización en Balsa las Perlas: el pedido de reconocimiento municipal es un derecho, prerrogativa y tarea de la comunidad y está en la organización comunitaria la decisión de avanzar, o no, en una tramitación de por sí compleja.
La participación del Gobierno Municipal de Cipolletti se debiera encuadrar en lo estipulado en la ley provincial N°2353 sobre Orgánica Municipal, Comunas y Municipios, y en el mejor de los casos, acompañar la organización vecinalista local a través de la creación de juntas vecinales como refiere la Carta Orgánica Municipal o la Modificación del Organigrama Municipal que nos cataloga como “paraje”.
Volviendo a lo primero, es saludable mencionar que la ley N°2353 ubica el rol del municipio a escindirse, planteando: “La Legislatura tomará nota previamente de la opinión de las autoridades del municipio o comuna afectados” (Art.13).
La tarea que se ha impuesto el Municipio de Cipolletti al ingresar en nuestro territorio incorporando a Balsa las Perlas como parte de su ejido es múltiple y no exenta de dificultades.
En este sentido, reconocemos al necesidad de ser creativos en aplicar un tipo de organización administrativa temporal acorde a un crecimiento poblacional que no cesa, pero ante un eventual proceso de municipalización, la participación vecinalista tiene fuerza de ley.
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