Braille en los menúes
Solicito muy especialmente al intendente de Viedma, Prof. Pedro Pesatti, que vería con agrado dar cumplimiento a la Ordenanza Nª 7290, que hace referencia a cartas de menú en sistema Braille, en restaurantes confiterías, resto bar y rostiserías, sancionada el 6 de junio del 2012 y promulgada el 14 de noviembre de 2012 por el Poder Ejecutivo Municipal.
Como no escapará a su conocimiento, la puesta en marcha de la citada Ordenanza, es poner con buen criterio la mirada en los antecedentes exitosos de la implementación de cartas de menú en sistema Braille a nivel nacional: Ley Nº 66/98 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Misiones Ley N° 4319 en 2006, Ley Nº 13.160/ 2007 en Santa Fe y la Ley Nº 4520 de Río Negro, como así también, a nivel internacional, en España, Brasil, India y Alemania.
En la Convención sobre derechos de las personas con discapacidad se ha aprobado por la Asamblea General de la ONU la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, por lo tanto se encuentra establecido por la Carta Orgánica Municipal en el Artículo 23°.
En una sociedad democrática es primordial preservar y consolidar los derechos de las personas con discapacidad a fin de garantizar su inclusión plena mediante la promoción de oportunidades en las actividades cotidianas. En su Art. 1ª establece la obligatoriedad de ofrecer un listado o carta de menú en bares, restaurantes, cafés, confiterías y todo negocio afín, con tipografía Braille para personas no videntes y con escritura en macro tipo para aquellas que tienen graves limitaciones en su visión.
Por ello apelo a la noble sensibilidad y sentido humano de poner en funcionamiento el sistema Braille en todos los comercios gastronómicos, rotiserías, pizzerías y/o todos aquellos negocios habilitados que venden comidas para facilitar a las personas con capacidades diferentes la carta Braille como lo establece la norma en vigencia.
Leandro Martínez
Fundación Apostemos a la Vida
VIEDMA
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