La prórroga del cerro Catedral va el viernes por la segunda vuelta

Lo definieron los concejales hoy. Así podría quedar sellada la adjudicación de la explotación del centro de esquí a la actual prestataria hasta 2056.

El Concejo Municipal convocó a una sesión extraordinaria para el viernes para debatir en segunda vuelta el proyecto de prórroga de la concesión del cerro Catedral hasta 2056.

La convocatoria será oficializada en el transcurso del día pero los concejales ya tomaron nota de la cita para las 9 de la mañana.

De manera paralela, las organizaciones sociales ya reunieron la cantidad de firmas necesarias para solicitar el tratamiento de un proyecto que, en vez de prorrogar el contrato del cerro Catedral hasta el 2056, dispone el llamado a licitación. La petición de la iniciativa popular será presentada hoy por la mañana.

Los impulsores lograron reunir las firmas necesarias en solo 11 días con la colaboración del escribano Leandro Costa Brutten, las autoridades del Juzgado de Paz y Karina Chueri, la única integrante por parte de la Junta Electoral Bariloche -ya que los otros dos miembros del oficialismo decían requerir la autorización del Concejo Municipal-.

Las firmas comenzaron a reunirse el mismo día en que se aprobó el proyecto de prórroga en primera vuelta con una mayoría de 8 votos sobre 11. Sin embargo, para convertirlo en ordenanza, los concejales deben aprobarlo en segunda vuelta, en no menos de 15 días, que se cumple este viernes.

El concejal Ramón Chiocconi, del Frente para la Victoria, consideró que “podría existir un conflicto entre el Ejecutivo y los concejales ya que estos últimos se niegan a pagar el costo político, razón por la cual en la sesión del 23 de marzo, le pidieron al intendente que de la cara en la sesión”.

“El electorado, ejerciendo el Derecho de Iniciativa Popular, tiene la facultad de solicitar al Concejo Municipal la sanción o derogación de ordenanzas o resoluciones sobre cualquier asunto de competencia municipal, siempre que no importe la reforma de esta Carta Orgánica, la derogación de tasas, derechos, aranceles, contribuciones o gravámenes, o disponga la ejecución de gastos no previstos en el presupuesto, sin arbitrar los recursos correspondientes a su atención”, señala el artículo 161 de la Carta Orgánica de la ciudad.

La ley

“El Derecho de Iniciativa Popular se ejerce mediante un proyecto avalado por las firmas certificadas de por lo menos el tres por ciento (3%) del electorado municipal registrado en el padrón utilizado en la última elección. El Concejo Municipal tratará el proyecto dentro de los treinta (30) días corridos de presentado; cualquier modificación que introduzca al proyecto original, que altere su sentido, importará su rechazo. En caso de ser rechazado, dentro de los tres (3) días hábiles, el Intendente Municipal habilitará libros de firmas para que, en el lapso de treinta (30) días corridos, el electorado continúe con la iniciativa, suscribiéndolos. De reunirse en total, incluyendo las firmas que dieron origen al proyecto, al menos el diez por ciento (10%) del electorado municipal registrado en el padrón utilizado en la última elección, el Intendente convocará a Referéndum Popular que se realizará dentro de los sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de cierre de los libros de firmas”, ordena a renglón siguiente.

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Cómo es el proceso

del referéndum

Si se llegaran a reunir las firmas y al intendente no le queda más que llamar a referéndum, el voto es obligatorio.

Habría que votar por sí, aprobando el tema sometido a Referéndum, o por no,

Se definirá en ambos casos a simple mayoría de los votos válidos.


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