Avanza la licencia por violencia de género en el Poder Judicial de Neuquén

El Tribunal Superior de Justicia y el sindicato Sejun trabajan en una redacción acordada. En principio no tendría límite temporal y se acreditaría con la denuncia o certificación de salud.

La intervención en la Ciudad Judicial por el 8M que realizó La Revuelta, con máscaras y nombres de víctimas de femicidios. Foto Florencia Salto.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) y el sindicato Sejun buscan consensuar una propuesta para establecer la licencia por violencia de género destinada a todas las trabajadoras del Poder Judicial.

Generalmente quienes atraviesan una situación de violencia, en los términos de la ley 26.485, suelen recurrir a la licencia psicológica. En este caso se incorporaría dentro del régimen, con el objetivo de garantizar a la víctima la estabilidad del empleo, el goce de sus haberes y la confidencialidad de la información.

Ya hay licencias de este tipo tanto para el personal del Consejo Provincial de Educación como para el del Registro Civil.

Mariela Guzmán, integrante de la conducción de Sejun, explicó que han intercambiado borradores del proyecto con el TSJ y hay puntos de acuerdo. En principio la licencia no tendría un límite de tiempo y se solicitaría con la denuncia (en comisaría o en fiscalía) o una certificación médica. Estas constancias se acompañarán en un plazo de cinco días hábiles desde que se formuló el pedido.

“Se va a tratar en el convenio colectivo, pero puede ser que salga por acuerdo”, afirmó Guzmán. De hecho el tema forma parte de las conversaciones que han mantenido en el contexto de la actual negociación salarial.

Otro aspecto es que en caso de que la empleada deba ausentarse para realizar trámites judiciales o asistenciales, esa falta (total o parcial) se justificará con la certificación, y también tendrá derecho a la reducción de la jornada o al reordenamiento del tiempo de trabajo.

Tal y como está planteada no incorporaría las situaciones de violencia por razón de género que ocurran en el ámbito laboral, por ejemplo cuando el agresor es un jefe. Sin embargo la ley 26.485, cuya definición adopta esta licencia, contempla todos los tipos y modalidades incluida esta.

La anterior conducción del sindicato también había pedido que se incorporara al convenio colectivo de trabajo.


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