Argentinos varados: la Justicia convocó al Gobierno antes de resolver sobre grupos que no pueden volver
La Cámara del Crimen revocó un fallo de primera instancia que había rechazado cuatro habeas corpus de argentinos que no pueden regresar al país.
La Cámara del Crimen resolverá, probablemente hoy mismo, si autoriza a un grupo de varados en el exterior a regresar a la Argentina por encima del cupo de 600 personas por día fijado por el gobierno para frenar el ingreso de la cepa Delta del coronavirus al país.
Los camaristas Mauro Antonio Divito y Juan Esteban Cicciaro mandaron al juez de primera instancia Martín Carlos del Viso a que, antes de resolver, convoque a una audiencia para escuchar a las partes.
Los casos que se presentaron en la Justicia fueron los de nueve argentinos en el exterior (ocho en Estados Unidos y uno en Paraguay) que no pudieron regresar al país cuando tenían sus vuelos programados -todos la semana pasada- por la entrada en vigencia de la decisión administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete que estableció el límite de ingreso de 600 personas por día al país.
Presentaron cuatro hábeas corpus en los que señalaron que la medida era inconstitucional porque limita posibilidad de ingreso al país y tres de ellos señalaron que tenían problemas de salud. Uno de los casos fue presentado por los diputados de la oposición Waldo Wolff, Luis Petri, Fernando Iglesias, Álvaro de Lamadrid, Cristian Ritondo y Pablo Torello por un señor varado en Paraguay y lo extendieron a todos los argentinos en la misma situación.
La Sala Séptima del tribunal adoptó la decisión de convocar a una audiencia para tratar el tema “frente a la existencia de diversos planteos, formulados a favor de diferentes personas” que no pueden regresar al país porque las nuevas medidas restrictivas los encontraron en el exterior.
“El Tribunal entiende que en el caso resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta” en la ley de habeas corpus “con la debida intervención del Estado Nacional –Jefatura de Gabinete de Ministros”.
En esa audiencia deben quedar contempladas las diversas situaciones particulares de los damnificados, que no fueron analizadas en cada caso por el juez Del Viso, dijeron los camaristas. Y remarcaron que esta falencia ocurrió aún cuando algunas de las personas que presentaron el hábeas corpus invocaron “razones de urgencia vinculadas con su estado de salud”.
Comentarios