Aprueban reglamento para regularizar a ilegales

Beneficiará a

El nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería española, que abre una vía extraordinaria para la regularización de inmigrantes, fue aprobado ayer por el gobierno español y entrará en vigor el 31 de enero de 2005.

El Reglamento fue consensuado con los sindicatos mayoritarios del país, Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO) y con algunas asociaciones de inmigrantes.

La normativa abre durante tres meses una vía extraordinaria para la regularización de los extranjeros que lleven más de seis meses en territorio español y cuenten con una oferta de trabajo. Esta legislación permitirá que salgan de la ilegalidad los «sin papeles» que viven en España, cifrados por el INE (Instituto Nacional de Estadísticas) en unos 800.000, de ellos unos 100.000 argentinos.

El ministro español de Asuntos Sociales, Jesús Caldera, afirmó ayer que el reglamento de la Ley de Extranjería «facilitará la inmigración legal y controlada». «El reglamento conecta la inmigración con el contrato de trabajo, de modo que el que tiene trabajo pueda solicitar un permiso de residencia», explicó Caldera tras la sesión del Consejo de Ministros que aprobó la legislación.

Además, el Reglamento establece unos canales singulares para el visado de búsqueda de empleo para hijos y nietos de españoles que no tienen la nacionalidad de sus padres y que, de esta forma, tendrán más facilidades para llegar a España a trabajar.

Respecto al período transitorio de regularización, el texto del Reglamento establece que durante tres meses desde la entrada en vigor del sistema, los empresarios o empleadores que quieran contratar a un extranjero podrán solicitar que se les otorgue una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Para eso deberán cumplirse ciertos requisitos, como por ejemplo que el empleador haya firmado con él un contrato de trabajo cuyos efectos estarán condicionados a la entrada en vigor de la autorización de residencia y trabajo solicitada. En el contrato de trabajo, el empresario se deberá comprometer al mantenimiento de la prestación laboral por un período mínimo de seis meses, salvo en el sector agrario, en el que el período mínimo es de tres meses.

Además, se deben cumplir requisitos como que la situación nacional de empleo per

mita la contratación del trabajador extranjero, que se garantice al trabajador una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización para residir y trabajar y que las empresas soliciten formalmente su inscripción en el régimen de Seguridad Social.

El extranjero, por su parte, debe presentar un certificado de antecedentes penales del país de origen o de los países en los que haya residido en los últimos cinco años.

Este procedimiento extraordinario de regularización, no contempla a los trabajadores irregulares que trabajen por cuenta propia en la economía sumergida de España.

En cuanto al visado especial dirigido a hijos o nietos de españoles, el reglamento de la Ley establece que se otorgarán independientemente de la valoración de la situación nacional de empleo y de los mecanismos de selección de los destinatarios y las fórmulas de presentación de solicitudes que se regulan a través del Contingente.

Argentina se verá beneficiada por los cambios que conlleva el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, que no sólo afectará a los más de 100.000 argentinos que se encuentran irregulares en España, y que podrán buscar la regularización por la vía transitoria, sino también aquellos hijos y nietos de Españoles que desde Argentina podrán acceder más fácilmente a los permisos de residencia y trabajo.

Por otro lado, el gobierno socialista mantendrá las vías legales de ingreso al país a través del contingente o cuota, que será más abierto y flexible, y que el gobierno podrá orientar hacia los países de mayor presión migratoria y con vínculos históricos.

(Télam-SNI)


El nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería española, que abre una vía extraordinaria para la regularización de inmigrantes, fue aprobado ayer por el gobierno español y entrará en vigor el 31 de enero de 2005.

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