Además de concejales, en Neuquén se vota la enmienda de la carta orgánica: ¿qué es?
Este domingo, además de elegir concejales, en Neuquén se votará por el si o el no a la enmienda de la carta orgánica. Se plantean 11 modificaciones. Una por una cuáles son.
Este domingo, además de elegir nueve concejales, en Neuquén se votará el referéndum para la enmienda de la Carta Orgánica. La ordenanza 14.205 sancionada en junio de este año modifica en 11 puntos la Carta Orgánica de la ciudad. Pero esa norma sólo entrará en vigencia si gana el SI por el 51% de los votos. ¿Qué es lo que se propone modificar?
La Carta Orgánica es la norma fundamental del municipio y constituye a nivel local lo mismo que representan las constituciones para las provincias o el país. En Neuquén, la actual Carta Orgánica fue sancionada hace 26 años y por ello se propuso una modificación de la misma. Estos cambios fueron aprobados en una ordenanza, pero esta sólo entrará en vigencia si la mayoría de los ciudadanos y ciudadanas de Neuquén la respaldan mediante el voto positivo en el referéndum que se hará este domingo junto a las elecciones a concejales.
La norma prevé la modificación de la Carta Orgánica en 11 puntos, con mayor o menor implicancia en la organización del gobierno de la ciudad.
En general, quienes se oponen a la modificación señalan que por la cantidad y variedad de temas a modificar no debe realizarse vía enmienda sino que proponen una reforma, mediante el llamado a una convención constituyente. También se cuestiona que no hay una valoración explícita sobre cuánto conoce la comunidad sobre la enmienda para votar a favor o en contra de la modificación de la Carta Magna de la ciudad.
La más conocida de las reformas es la eliminación de las elecciones de medio término y allí la discusión está en que quitándola se anula el balance de gestión al que se ven obligadas las autoridades municipales en vista a una elección.
Uno por uno, los puntos que se reformarán:
1. Se incorporará la bandera municipal como símbolo oficial de la ciudad de Neuquén. Hasta ahora solo se reconoce el escudo.
2. Paridad de género en las elecciones municipales. La propuesta es que se garantice el acceso igualitario de géneros a los cargos electivos municipales. Y contempla el derecho a la diversidad.
3. Derechos de las personas con discapacidad. Se propone incluir con rango constitucional «la participación plena de las personas con discapacidad como agentes activos de la vida comunitaria, económica y cultural».
4. Renovación de concejales. La enmienda busca que el periodo de mandato de los concejales deje de ser de dos años y pase a ser de cuatro, como lo es el del intendente. Así propone la eliminación de las elecciones de medio término y la renovación de todo el Concejo Deliberante en simultáneo con la elección de intendente.
5. Autoridades del Concejo Deliberante. La enmienda modifica también la metodología utilizada para la elección de las autoridades del Deliberante. Con su entrada en vigencia, la presidencia y la vicepresidencia primera recaerán sobre quienes sean propuestos por el intendente. Anteriormente, la selección quedaba en manos del voto de la mayoría de los concejales. Eso seguirá sucediendo con la vicepresidencia segunda y no podrá corresponder al partido o alianza gobernante.
6. Reemplazo de concejales. Otra reforma planteada es que en caso de renuncia, muerte, inhabilitación, destitución o incapacidad para ejercer el cargo legislativo, el reemplazante del concejal en cuestión será quien lo siga en la lista de su partido, pero asegurando la representación igualitaria de género. Lo mismo regirá en el caso de que un concejal se vea obligado a dejar su cargo debido a recurrentes inasistencias a las sesiones.
7. Se proponen modificaciones en las atribuciones del Concejo Deliberante. Como la determinación que los vetos a ordenanzas por parte de la intendencia se pueden revertir con los 2/3 de los concejales presentes en el recinto, y no del total como está explícito en la Carta Orgánica actual.
8. Propone que el reemplazo de un concejal/a producto de un 20% de inasistencia también se realice asegurando la representación igualitaria en materia de género.
9, 10 y 11. Propone que reducir el mandato del Defensor del Pueblo, el titular de la Sindicatura Municipal y de los Tribunales de Faltas a 4 años, en lugar de 6, como hasta el momento.
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