Absuelven por el beneficio de la duda a la viuda de Nahuelquín
El Tribunal dijo que tenía la “íntima convicción” que Verónica Arellano participó en el crimen de su esposo pero no hubo pruebas certeras.
SENTENCIA
Verónica Arellano, la viuda de Jorge Nahuelquín, acusada por su crimen, fue absuelta por el beneficio de la duda, según determinó la Cámara Criminal Primera Bariloche.
En medio de una fuerte custodia policial dentro de la sala de debate y fuera del edificio de Tribunales, los jueces Alejandro Ramos Mejía y Marcelo Barrutia leyeron la sentencia del tribunal ante los familiares de la víctima y la ausencia de la imputada.
El fallo fue cuestionado por los familiares de Nahuelquín cuyo hermano, Alejandro, tras escuchar la absolución se acercó ante los jueces e irónicamente agradeció su actuación. La abogada querellante Mariela Taboada señaló una “investigación deficiente” en la etapa de instrucción y apuntó que Arellano debería haber sido imputado como co-autora con la complicidad de otra persona, algo que también sugirió el juez Ramos Mejía en su sentencia.
La familia acudirá a Casación, según anticipó la abogada al retirarse de los Tribunales.
En la sala de audiencia rodearon a los jueces una decena de policías con cascos, escudos, machetes y máscaras de gas, además de otros uniformados. En la antesala también la custodia policial registraba a las personas que ingresaban a la sala y en el exterior del edificio se sumaron otros agentes. El fuerte despliegue se motorizó ante la presunción de que se podrían ocasionar disturbios.
El juez Ramos Mejía que leyó la sentencia dijo tener la “íntima convicción” que la imputada intervino en el crimen de Nahuelquín el 21 de abril de 2011 pero dijo no tener pruebas suficientes y sugirió que la mujer “no actuó sola”.
El magistrado apuntó que “la figura de la segunda persona vinculada al crimen no estuvo relatada ni prevista en la acusación fiscal” y dijo presumir que Arellano no fue la autora material del asesinato.
Ramos Mejía señaló que un fallo condenatorio requiere de pruebas concretas que en este caso no se pudieron establecer por eso determinó la absolución por el beneficio de la duda.
El fiscal de Cámara subrogante Eduardo Fernández había pedido la absolución por no encontrar pruebas objetivas que la incriminen del hecho.
DeBariloche
SENTENCIA
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