Las razones que dio el tribunal para interpelar a la fuerza policial

El fallo de los jueces cipoleños pone foco en la pasividad y la falta de perspectiva de género en la Policía. Es a partir de un caso de abuso sexual entre dos efectivos.

La sentencia del tribunal cipoleño que interpela a la fuerza policial en un caso de abuso sexual entre dos integrantes de la fuerza se fundamenta en los testimonios. La sentencia de Berenguer expone la verticalidad en la policía de Río Negro y exige que la cúpula tome cartas en el asunto. De los testimonios surge que el suboficial Esteban Epulef abusó sexualmente de una compañera y subalterna en 2014.

El fallo sin precedentes en la Cuarta Circunscripción de Cipolletti pone en discusión la relación de poder en la fuerza policial y la “falta” de perspectiva de género. “De la prueba producida en la audiencia surge la violencia de género a la que fue sometida la denunciante, quien vivió en espiral de maltrato en su condición de mujer y como empleada de la fuerza policial”, sostiene una pasaje del fallo unánime del tribunal integrado por la los jueza Alejandra Berenguer y los jueces Julio Sueldo y Álvaro Meynet.

Los testimonios de dos policías que acreditaron el abuso de poder que Epulef ejercía sobre la víctima. “La circunstancia que el oficial a cargo dijera a una mujer subalterna conceptos adjetivantes sobre su cuerpo, denotaban una total falta de respeto y educación, considerándolos humillantes”, dice un pasaje del fallo. En este sentido y siguiendo la sentencia, la jueza deja clara que una vez denunciado los hechos por la mujer, la fuerza la castigó por no seguir la cadena de mando.

La institución decide sancionarla por denunciar a su superior. “(…) quedó evidenciado en este caso puntual y sin margen al beneficio de la duda –como solicitó la defensa– que las circunstancias laborales de destrato, acoso y abuso sexual fueron como las relata” la víctima “que hoy, reintegrada a sus funciones fue asignada a un puesto de trabajo en condiciones más adversas que los que tenía antes”.

La sentencia critica con dureza la “pasividad” institucional por la situación que la víctima denunció ante la psicóloga laboral Carabajal. “Lo cuestionable es la inactividad por la institución, la falta de apoyo, contención”. Incluso refutó, a partir de los dichos de Carabajal que relató que trató “solamente” dos casos en siete años, el sistema de contención de la fuerza. “La pregunta que cabe hacerse es: los empleados policiales no recurren al tratamiento gratuito que la institución les brinda porque no lo necesitan o porque el mismo no genera confianza”.

De las declaraciones que se escucharon en el debate surge que la primer medida que tomó la Regional Quinta cuando la mujer denunció el acoso y abuso permanente de Epulef fue sancionarla por “saltar la cadena de mando”, “es decir que no fue importante no fue importante -a criterio de la Unidad Regional Quinta– los hechos relatados por la víctima, no se tomaron medida, solo se le ofreció que vaya al gabinete de psicología, lo más importante fue que no siguió la vía jerárquica”.


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