Una clínica de Roca fue condenada a pagar un millón tras una operación
La institución médica, el profesional y las aseguradoras fueron demandadas por un albañil de Choele Choel que resultó con un 60% de incapacidad y que perdió la “movilidad” de su mano izquierda. La condena aun no está firme.
La Justicia Civil de Roca hizo lugar a una demanda que fue presentada contra una clínica de la ciudad, y contra un cirujano de esa institución y sus respectivas aseguradoras, por “daños y perjuicios por mala praxis médica”. La condena implica que deberán abonar un millón de pesos más los intereses desde que ocurrió el hecho y el costo del proceso legal. El reclamo fue presentado por un paciente que sufrió daños severos en su salud.
En julio de 2014 el paciente, de 49 años, albañil y empleado de una empresa constructora inició una consulta médica en Choele Choel por un bulto en su axila derecha, y desde allí lo derivaron a la clínica que fue demandada. En esta institución un medico le ordenó, a las pocas semanas, una cirugía con anestesia general, para extraer el bulto.
Resultó ser un tumor benigno, fue dado de alta y se retiró de la clínica con “pérdida de la movilidad” de su mano izquierda. Con el correr de los días esto no mejoró y a finales del mismo mes el profesional indicó “rehabilitación por tiempo indeterminado”, y le programó una nueva consulta para seis meses después, esperando que recupere la movilidad, lo cual no ocurrió.
En una interconsulta que se realizó a los dos meses le diagnosticaron una “lesión severa de nervio radial”, sin embargo el médico roquense insistió con la necesidad de continuar la fisioterapia por seis meses, antes de realizar un nuevo control. Al poco tiempo, el mismo fisioterapeuta que lo trataba le diagnosticó la pérdida de “funcionalidad” de la mano “para realizar sus actividades de la vida diaria”, lo que sería derivado de una “lesión severa del nervio”.
Frente a esto, el damnificado consideró que la acción médica fue “absolutamente lesiva, imprudente, negligente y mutilante” en cuanto a sus capacidades físicas y demandó al profesional y a la clínica por “incapacidad sobreviniente”, “daño emergente actual y futuro (gastos médicos, farmacéuticos y de traslado)”, “daño moral” y “daño psicológico”.
“Nada hacía pensar que como consecuencia del procedimiento médico perdería la movilidad de la mano”, ya que ello nadie le adelantó que existía esa posibilidad , y “siquiera como una consecuencia remota”, al momento en que aceptó someterse a aquella intervención.
La sentencia fue dictada por la jueza Andrea de la Iglesia, a cargo del Juzgado Civil y Comercial 3 de Roca, y no está firme ya que todas las partes tienen plazo para apelar.
La clínica rechazó la demanda
Para rechazar la demanda, desde la clínica respondieron que las acciones del cirujano fueron respetando “los parámetros y protocolos”, y que la incapacidad del paciente “es reversible”, ya que el hombre “tenía cabal conocimiento de las consecuencias” de la intervención. Además, el médico alegó que los daños “no guardan relación de causalidad adecuada con su obrar ni con el de la clínica”, y que el paciente presentaba “concausas” y que “la posibilidad de afectación del nervio durante la cirugía es poco frecuente pero posible”, debido al “estrecho contacto anatómico del tumor con el nervio”.
La jueza ratificó una “pérdida completa de las funciones de la mano izquierda”, y esto generó un 60% de incapacidad laboral. El damnificado quedó en una situación de retiro por invalidez. También acreditó que hay relación causal entre la operación y el daño, luego de que evaluaron las pericias médicas y del Cuerpo Médico Forense.
No informaron lo suficiente
La jueza consideró que el paciente no fue informado de forma suficiente antes de la operación, y que el “consentimiento informado” que exige la ley tampoco se respetó de manera integralmente. “El actor tenía conocimiento e información respecto a que presentaba un tumor”, y que esa intervención quirúrgica “traería certezas sobre la naturaleza del mismo: benigno o maligno”, pero que esto no significó que conocía los riesgos de tal intervención. “Desconocía las verdaderas opciones ante su enfermedad”, y eso afectó la autonomía de su voluntad, que era requisito para un real consentimiento a la operación.
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