Proponen sistema de contención para niños en situación de vulnerabilidad
Está contemplado en un proyecto legislativo que fue presentado por el bloque del Frente para la Victoria.
La Legislatura analiza un proyecto presentado por el Frente para la Victoria que propone crear un sistema de contención familiar para niños en situación de vulnerabilidad, alternativo a la adopción o a las guardas, que evite la institucionalización de los menores en riesgo.
A mediados de marzo, ingresó al parlamento la iniciativa suscripta por el presidente de esa bancada, Alejandro Marinao, que alienta la conformación del Sistema Provincial de Acogimiento Familiar, por lo cual se entiende al “cuidado de forma integral, transitoria y no institucional, brindada por una familia alternativa, a niños, niñas o adolescentes que se encuentren temporalmente separados de su ámbito familiar por disposición de la autoridad competente”, según establece el texto en análisis.
La intención se fundamenta en que “se ha visibilizado la presencia de factores que afectan la integralidad de los niños, niñas y adolescentes que vulneran sus derechos más elementales. Situaciones de abuso infantil, de malos tratos, de violencia intrafamiliar, de trata de personas, entre otras, muestran una realidad que nos intima como sociedad a generar más políticas publicas de protección”.
Los legisladores asimilan esta iniciativa a lo que se denomina “familias solidarias” y proponen pautas concretas para la intervención en casos complejos de niños sin cuidados parentales a cargo del Estado.
“Es necesaria una herramienta más sustentable y sostenible, que no quede en un mero programa de intervención sujeto a los vaivenes de los gobiernos de turno es que se propone esta iniciativa de Creación del Sistema Provincial de Acogimiento Familiar”, sostiene en sus fundamentos el proyecto en trámite.
El Acogimiento Familiar es un dispositivo de alojamiento en un medio familiar alternativo que por un tiempo acotado, permite la convivencia en familias de la comunidad a niños, niñas y adolescentes que no pueden vivir en su propio entorno hasta tanto se restablezcan las condiciones que originaron su separación de su grupo de pertenencia, o se establezca otra estrategia de egreso en función de su interés superior.
La iniciativa le otorga a la Secretaría de Niñez y Adolescencia el rol de fijar las pautas de funcionamiento del Sistema y su articulación con el Poder Judicial, determinar la capacitación, constitución y el ámbito de actuación de los equipos técnicos que tienen a su cargo la formación, evaluación, selección y contención de las familias intervinientes, establecer un sistema de supervisión y control sistemático, entre otras.
Se entiende por familia acogedora, al matrimonio, a las uniones de hecho y a las personas individuales seleccionadas por el organismo estatal competente, dispuesta a recibir en su hogar a niños que hayan sido vulnerados en sus derechos y apartados de su familia de origen.
Tienen la obligación de cuidar que el niño acogido se encuentre en condiciones propicias de vida, garantizando su salud, equilibrio emocional, hábitat, vestimenta, higiene, educación y esparcimiento y aceptar la vinculación con su familia de origen, en caso de no estar impedida judicialmente.
Puede tener a cargo hasta dos niños por proceso. Se exceptúan aquellos casos en los que el grupo a acoger esté conformado por tres o más hermanos o previos convivientes, por un plazo máximo de permanencia 270 días continuos, contados a partir de su incorporación. Dicho plazo es prorrogable por noventa días más, mediante resolución fundada de la autoridad judicial que dictó la medida.
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