Qué esconde la pelea entre Gutiérrez y Quiroga por el servicio de agua y cloacas
El contrato de concesión establece que todos los lotes de Neuquén, incluso los baldíos, pagarán por ambos servicios. Por el saneamiento se cobrará un 80% del costo del consumo de agua.
A partir de la firma e inmediata entrada en vigencia del contrato de concesión del EPAS, cada lote de la ciudad, edificado o baldío pagará por el agua que consuma. Incluso abonarán la tarifa aquellos terrenos que no tengan conexiones internas o no estén incorporados a la red externa.
Desde 2012, cuando entró en vigencia el marco regulatorio del ente provincial, se comenzó a discutir en el ámbito municipal la necesidad de establecer pautas y condiciones para la prestación del servicio de agua potable y saneamiento en la ciudad de Neuquén. Desde el EPAS siempre sostuvieron, y el municipio estuvo de acuerdo, que los costos del servicios debían ser solventados con la tarifa. Este punto fue el único en el que lograron consensuar ambas partes. Todo lo demás fue motivo de discusiones que no salieron a la luz, pero que enfrentaron a funcionarios municipales y provinciales. Chicanas hubo muchas, pero nadie explicó cuál era el punto en el que no podían ponerse de acuerdo. (Ver aparte)
“Todos los inmuebles baldíos o edificados, ocupados o desocupados, ubicados en el área servida de agua potable y/o desagües cloacales, estarán sujetos de pago del servicio”, establece el contrato que aguarda la firma de ambas partes. Agrega además que deberá abonarse aún cuando los inmuebles carecieran de las instalaciones internas respectivas, o si teniéndolas, dichas instalaciones no se encontraran conectadas a las redes domiciliarias.
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En los casos de baldíos con frente a redes de distribución de agua potable y desagües cloacales, se le facturará la tarifa vigente equivalente a 24 metros cúbicos de agua más tasas e impuestos. “En aquellos casos en que junto con el servicio de agua potable se preste el servicio de cloacas, al importe facturado por agua potable se le adicionará un 80%, calculado sobre dicho importe”.
La tarifa que abonarán los usuarios, contendrá el valor establecido para el metro cúbico de agua, más IVA, tasas y dos nuevos cargos que crea el contrato, la tasa de uso de espacio público y de fiscalización y control.
“El concesionario cobrará por cuenta y orden de la municipalidad un derecho de ocupación equivalente al 6% sobre todos los conceptos cobrados por el servicio más tasas e impuesto”, se plantea en el contrato. Por fiscalización el EPAS cobrará un 2% sobre todos los conceptos. Estos montos deberán ser discriminados en la facturación al usuario con el importe correspondiente.
El acuerdo le da al concesionario la posibilidad también de cargarle al usuario los costos de nuevas inversiones en obras significativas. Pero este ítem es reembolsable. “Cuando se solicite la conexión de un nuevo usuario, o aumentos de caudales de agua y de redes cloacales, para los que deban realizarse modificaciones sobre las redes preexistentes que signifiquen inversiones relevantes, el concesionario podrá solicitar al usuario un aporte reembolsable por obra (ARO) para solventar el costo de las mismas”. El monto a cargarle al usuario debe ser aprobado por el municipio.
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A la tarifa por la prestación, el usuario deberá abonar también los costos por la conexión domiciliaria de agua y cloacas, “de acuerdo a las normas vigentes”. “En el caso del agua potable, el medidor de caudal y la llave maestra serán suministradas por el concesionario, a cargo del usuario”, se agrega.
El contrato determina una facturación mensual. Prohíbe expresamente “la aplicación de nuevas tarifas de manera retroactiva, por lo que una vez aprobada la nueva tarifa se aplicará a los servicios del mes siguiente a su autorización”.
El contrato prevé que al término del segundo año de entrada en vigencia la concesión se procederá a revisar las tarifas. Esa revisión se repetirá cada dos años durante los 30 años del contrato.
Las obras de tendido de redes internas correrán por cuenta de los propietarios de los inmuebles. El organismo proveerá los medidores con cargo al vecino.
Valores de 2017
Historia de una concesión con
más traspiés que avances
En diciembre de 2011 el Concejo Deliberante aprobó el marco regulatorio para el servicio de agua y saneamiento en la ciudad de Neuquén. Entró en vigencia días después mediante el decreto 1.638 del intendente Horacio Quiroga.
A partir de allí se conformó una mesa integrada por funcionarios del Municipio, del Ministerio de Energía y Servicios Públicos y del EPAS para discutir el primer contrato de concesión del servicio.
Sin embargo, lejos de encontrar puntos en común, se inició una disputa entre provincia y municipio que duró hasta el 2014 y que tuvo distintos grados de virulencia. Los actores centrales fueron el intendente Horacio Quiroga, el entonces ministro de Energía y Servicios Públicos, Guillermo Coco, y el secretario del área, Alejandro Nicola.
“Las partes” se acusaban mutuamente, hubo cruces mediáticos diarios y las definiciones no llegaban. Luego de una amenaza clara de parte del EPAS de abandonar la prestación del servicio, el intendente Quiroga resolvió mandar al freezer sus intenciones de lograr una concesión.
Allí quedó guardado el contrato hasta este año cuando el ahora concejal del MPN, Alejandro Nicola presentó una copia en el Concejo Deliberante para ponerlo a consideración de los concejales. Aún continúa en el mismo lugar a la espera de análisis y de la firma.
Desde el Ejecutivo provincial insisten en que aún no les llegó la copia del contrato. Pero el intendente hace unos días aseguró que se está avanzando en líneas finas y que sólo resta definir nada más ni nada menos, que el costo de la distribución.
Los fondos que el EPAS recaude por las tasas nuevas creadas por contrato serán transferidos a una cuenta de la Municipalidad.
De contratos, vigencias y renovación
El plazo de concesión es de 30 años, contados a partir de la toma de posesión. Podrá ser renovado por un período igual.
Vencido el término de vigencia de la concesión o producida la extinción anticipada, el concesionario estará obligado a requerimiento de la municipalidad, a continuar con la prestación del servicio por un plazo de hasta un año. En ese caso la autoridad de aplicación notificará al concesionario con no menos de 60 días corridos de anticipación.
La concesión otorgada al concesionario es a título gratuito por parte de la concedente.
La concesión tiene carácter exclusivo en el ejido de la ciudad de Neuquén. El EPAS y la autoridad de aplicación evaluarán la necesidad de asumir la prestación del servicio donde actualmente operen otros prestadores y no haya conexiones oficiales.
Los usuarios tendrán su reglamento de uso
El contrato de concesión del servicio de agua y saneamiento de la ciudad cuenta con un “reglamento del usuario”. Establece la obligatoriedad de instalar conexiones a las redes de agua potable y cloacas y determina prohibiciones y reglas que el propietario de los inmuebles debe respetar a la hora de realizar las instalaciones “aprobadas por el EPAS”.
“La instalación del servicio domiciliario de provisión de agua es obligatoria en todo inmueble habitable que linde con calle en la cual haya sido habilitada y declarada de uso obligatorio la correspondiente cañería distribuidora”, dice el protocolo que además establece que el servicio está previsto “para uso doméstico, o sea: bebida, higiene y elaboración de productos alimenticios”.
De la misma manera pasará a ser obligatorio que todas las viviendas y lotes cuenten con la conexión domiciliaria a la red cloacal. “Iguales obligaciones alcanzan a los inmuebles que, aunque no sean habitables, se utilicen en actividades afines que a juicio del EPAS, requieran servicios sanitarios”, se agrega.
El reglamento deja expresamente asentado que “queda prohibido construir, alterar, remover o modificar cualquier parte o accesorio de las instalaciones sanitarias internas o industriales y especiales, sin intervención de la empresa.
Las sanciones son parte también del reglamento del usuario. Todo propietario que no permita iniciar las obras que el EPAS ordena ejecutar o entorpezca el ritmo de las obras, será sancionado con multas establecidas en módulos. La empresa podrá además tomar medidas para garantizar la realización de las obras y definirá el grado de responsabilidad que corresponda al propietario por daño y perjuicios ocasionados por su oposición.
En caso de surgir situaciones no contempladas por el reglamento, será el gerente general del EPAS el encargado de resolver a su criterio las situaciones, teniendo en cuenta además, las circunstancias particulares de cada caso.
El EPAS quedará obligado a cumplir con las normas de calidad ISO 9001:200 otorgadas por un ente nacional o internacional.
Calidad del agua
La distribución del agua potable y saneamiento es el único servicio que prestan terceros desde hace más de 30 años, y no está regulado.
Hace mucho tiempo
Datos
- Las obras de tendido de redes internas correrán por cuenta de los propietarios de los inmuebles. El organismo proveerá los medidores con cargo al vecino.
- 563.235.355
- fue el costo anual que tuvo el ente provincial por la prestación del servicio de agua y saneamiento.
- 5.549.586
- fue el costo anual de la distribución. Representó un 0,99% del total de gastos.
- 11,098
- pesos fue el valor del metro cúbico de agua con IVA que estimó el prestador del servicio en el contrato de concesión que entregó en el Deliberante.
- 19,977
- pesos fue el precio que el EPAS calculó para el metro cúbico de agua y cloacas.
- Los fondos que el EPAS recaude por las tasas nuevas creadas por contrato serán transferidos a una cuenta de la Municipalidad.
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