Maternidad compartida: una historia contra la discriminación
Según la jueza, en la negativa “subyace una conducta discriminatoria por la igualdad de sexos de las accionantes.”
La jueza civil Alejandra Bozzano hizo lugar a una acción de amparo presentada por una pareja de mujeres y condenó al Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) a otorgarle la cobertura del 100% del tratamiento de fertilización asistida, FIV-CSI de alta complejidad, con gametos propios y semen heterólogo. Aseguró que en la denegatoria de la obra social provincial a la solicitud “subyace una conducta discriminatoria por la igualdad de sexos de las accionantes.”
María José Campi y Roxana Zabala se casaron en 2015, después de la sanción de la ley de matrimonio igualitario. Para acceder a la maternidad compartida eligieron el método “ROPA”: recepción de óvulos de la pareja.
“La diferencia del método ROPA frente a los otros tratamientos es que se trata de una opción más equitativa porque las dos mujeres participan activamente en la creación y nacimiento del bebé. Consiste en extraer y fecundar los óvulos de una de ellas e implantar el embrión obtenido en el útero de su pareja. Ambas mujeres juegan un papel determinante: una será madre biológica (aportando el óvulo) y la otra será madre gestante (la que queda embarazada, y da a luz)”, explicó Mariana González, abogada de la pareja.
Así, los óvulos de María José, de 34 años, serían fecundados con semen del banco, para luego realizar la transferencia embrionaria a Roxana, de 43 años.
Tramitaron ante el ISSN la cobertura del tratamiento, pero el pedido le fue rechazado, entre otras razones, por “el riesgo de un embarazo en una persona de más de 40 años.”
“Lo que hace Instituto es “sacarla de la cancha” a Roxana, por entender que tiene edad avanzada, y dice “yo te voy a decir cómo te voy a garantizar la maternidad: vamos a utilizar el material genético de María José, que es más joven, y ella va a ser la mamá gestante.” Al ver esa resolución nosotras entendíamos que se lesionaba el derecho de este matrimonio a la maternidad compartida”, dijo González. Agregó: “A Instituto no le da el cuero para decir “son dos mujeres, digo que no”, sino que dice “no, por una cuestión etarea.” No es esa la cuestión, porque se están autorizando tratamientos a matrimonios heteresoxuales que están al borde con la edad.”
La magistrada consideró en el fallo que “la omisión en otorgar la cobertura solicitada aparece arbitraria e infundada, mas aún cuando se advierte en la resolución dictada que sería posible otorgarla sólo a la Sra. Campi, realizando una selección sin sustento alguno y violentando el derecho de las accionadas a tomar dicha decisión.” Invocó la ley provincial 2954 que garantizó el acceso integral a las técnicas de baja y alta complejidad.
“Tenemos que esperar a que la sentencia esté firme, esperemos que no apelen”, confió Roxana. “Nosotras agotamos la vía administrativa, pero la discriminación la teníamos clara desde el principio, pasó el tiempo y lo logramos”, destacó María José.
Hoy se izará la bandera de la igualdad
Hoy se conmemora el día mundial contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, ya que el 17 de mayo de 1990 la Organización Mundial de la Salud removió a la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales. La transexualidad aún figura en los manuales médicos como trastorno psíquico.
En Neuquén capital, a las 12, en el paseo de la Diversidad, ubicado en Diagonal 9 de julio y República de Italia, se izará la bandera de la igualdad LGBT. La actividad se replicará en otras provincias.
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