Abren paso al amparo por la Ruta 22
Vialidad Nacional deberá presentar en menos de diez días un informe con su postura ante las pretensiones del gobierno local, para avanzar hacia la decisión final.
El Juzgado Federal de esta ciudad declaró admisible el amparo presentado hace una semana por el Municipio de Roca contra Vialidad Nacional, por las obras de ampliación de la Ruta Nacional 22.
La jueza subrogante, Carolina Pandolfi, resolvió dar curso a la acción judicial, presentada con el fin de que se convoque a una audiencia pública para debatir el proyecto que se busca concretar en esta ciudad.
En el fallo, la magistrada argumentó que “tenemos un colectivo involucrado configurado por todos los habitantes de la ciudad de General Roca. El derecho afectado se vincula con la participación ciudadana, la libertad de expresión, el acceso a la información y la transparencia de los actos gubernamentales (…). En el caso, la representación la asume la Municipalidad de General Roca, que no sólo es uno de los afectados en su derecho individual homogéneo, sino que además, ha desde 2012 intentado todo tipo de gestión tendiente a dar a conocer su opinión y participar, sin éxito a la fecha, en la decisión referida al trazado de la Ruta dentro de su ejido, lo que demuestra a las claras la vocación y el interés sostenido en el tiempo en lograr lo que aquí se demanda. Ello justifica que se la tenga por idónea a los fines previstos por la Acordada 32/2014”.
En la resolución difundida ayer, antes del mediodía, se declaró admisible “el proceso colectivo iniciado contra la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), y quedó establecido que “el objeto de la pretensión, consiste en convocar en la ciudad de General Roca la correspondiente Audiencia Pública en el marco de las leyes 25.675 y 3266, es decir, llevando a cabo la misma a las condiciones, formas y efectos previstos en las referidas normas ambientales” y “cumpla con el mecanismo de evaluación de impacto ambiental allí previsto”.
En el punto 2 de la resolución, la jueza Pandolfi también le requirió a Vialidad Nacional el informe previsto por el art. 4 de la ley 26.854, “el que deberá ser producido en el plazo de tres días que se amplían a nueve en razón de la distancia”.
Esa norma mencionada establece que el informe debe dar cuenta “del interés público comprometido por la solicitud” e indica que “con la presentación del informe, la parte demandada podrá expedirse acerca de las condiciones de admisibilidad y procedencia de la medida solicitada y acompañará las constancias documentales que considere pertinentes”.
“Esto significa que no nos equivocamos cuando pretendimos que todos los vecinos de Roca a través de la participación personal y de las instituciones pueden opinar acerca de los diferentes proyectos y elegir lo que es más conveniente para que la ciudad siga desarrollándose sin tener una muralla que la divida”, expresó el intendente Martín Soria después de conocer la resolución.
La importancia del fallo
Declarar admisible un amparo no significa que la Justicia haya decidido que el Municipio de Roca tiene la razón absoluta en su batalla legal contra Vialidad Nacional para evitar que la autopista se construya sobre una “muralla”.
No obstante, el gobierno local logró avanzar en dos aspectos importantes.
Primero, que se haya reconocido a todos los habitantes de Roca como el colectivo sujeto de amparo.
Y segundo, que se ordene a Vialidad Nacional a presentar argumentos con plazos acotados, algo que hasta el momento no se pudo lograr, a pesar de los reclamos que municipios y otras entidades realizaron vía carta documento.
El Juzgado Federal de esta ciudad declaró admisible el amparo presentado hace una semana por el Municipio de Roca contra Vialidad Nacional, por las obras de ampliación de la Ruta Nacional 22.
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