Negaron la probation de Luchino por la muerte de los soldados voluntarias de Junín

En la audiencia realizada hoy, el juez Nazareno Eulogio rechazó la solicitud de probation del imputado Luciano Luchino.

El juez Nazareno Eulogio rechazó la suspensión del juicio a prueba en el caso del joven que mató con su vehículo a dos soldados voluntarias, en coincidencia con el planteo de la Fiscalía, por lo que el imputado Luciano Luchino deberá esperar ahora el resultado de la ya anticipada impugnación de su defensa, para determinar si deberá enfrentar los cargos en juicio.

La audiencia se realizó hoy en los tribunales locales, bajo fuertes medidas de seguridad.

Luchino, hijo de un juez civil de esta circunscripción judicial, fue imputado por doble homicidio culposo , por la muerte de las soldados Rosa Tatiana Millapi Melo y Karina Catalán, ocurrida el pasado 12 de marzo en una colisión sobre la Ruta Nacional 40, cuando iban a bordo de una moto con destino a la guarnición militar de la vecina localidad de San Martín de los Andes.

La decisión del juez de Garantías, fue la falta de conformidad del Ministerio Público Fiscal con la solicitud de “probation” de los patrocinantes de Luchino, consistente en una autoimposición de conducir vehículos por tres años, realizar cursos de conducción segura y responsable; reparar con 50.000 pesos los daños provocados a cada familia y/o donar 10.000 pesos a los Bomberos Voluntarios de la ciudad.

El fiscal Adrián De Lillo recordó que el dosaje de alcohol del victimario presentaba un registro de 0,975 gramos por litro de sangre, cuando el límte fijado por la ley 24.449 es de 0,5.

Luego, señaló que Luchino condujo su Ecosport de forma “imprudente” y “antirreglamentaria”, ya que “desobedeció la señalización vertical y prohibición de sobrepaso en rayas amarillas”, para adelantarse a otro vehículo con exceso de velocidad respecto de la marca máxima permitida en esa zona.

El juez Eulogio admitió que si bien estaban cumplidos algunos de los supuestos para entender procedente la figura de la suspensión del juicio a prueba, como la inexistencia de antecedentes del imputado y su carácter de no ejercer cargos públicos, consideró insalvable la falta de consentimiento de la Fiscalía y, en consecuencia, denegó el planteo.

La audiencia realizada por videoconferencia.
José Cusit


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscribite por $2600 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora