Siete años y medio de condena por robar con un arma
Dieron una dura pena a un joven que permanece en libertad hasta que se resuelva la casación y la sentencia quede firme.
Juicio
Por el delito de “robo calificado por el uso de armas de fuego aptas para su funcionamiento” fue condenado a siete años y seis meses de prisión Lisandro Pellejero de 22 años.
El joven llegó a juicio en libertad y en esas condiciones continuará hasta que quede firme la sentencia, teniendo en cuenta que el fallo no ordenó su inmediata detención.
El hecho que se le imputó como coautor ocurrió cerca de las 21.30 del 20 de setiembre de 2012 en una despensa de la calle Casimiro del barrio Inalauquen de Viedma. En la oportunidad ingresaron dos hombres, uno con un arma de fuego y cara cubierta y el otro con un palo, quienes se apoderaron de dinero del comercio y de las personas que se encontraban allí, así como celulares para luego darse a la fuga.
Cuando se alejaban del lugar en forma rápida llamaron la atención de dos policías que recorrían el barrio a pie que cuando les dieron la voz de alto, el que portaba les disparó mientras corría.
Para los jueces del Tribunal integrado por Carlos Reussi, Marcelo Chironi y Carlos Mussi “no existen dudas sobre la autoría de Pellejero en el hecho”. En base a las pruebas reunidas, el fallo agregó que “tras negarse a la detención para ser identificados por los policías (los dos asaltantes) comenzaron la fuga y según los dichos de los uniformados efectuaron dos disparos contra los efectivos”.
Agregó que en la continuidad de la persecución y “ya avenidos otros numerarios policiales a colaborar en la persecución se dio con Pellejero y luego con el secuestro del arma de fuego y demás elementos ya relacionados en las inmediaciones. Asimismo y más tarde aún, Pellejero se desprendió de los billetes de quiniela y 10 pesos en la comisaría cuando era retirado de la oficina tutelar”.
Respecto de quién portaba el arma de fuego, el Tribunal sostuvo que no quedó establecido si Pellejero era quien tenía el arma o el palo al ingresar al negocio o si fue quien disparó contra los policías o si fue su consorte “pero si queda claro que por el plan que presupone el modo del ingreso a la despensa , el reparto de roles para la sustracción y la huida en común existía conocimiento en ambos acerca de la presencia y utilización del arma de fuego en el hecho y que vale un agravamiento a la calificación legal, conforme la comunidad de actuación demostrada”.
En la sentencia se valoró como agravante la conducta asumida por los asaltantes que “no se trata del sometimiento a un igual sino a quienes se encontraban en evidente estado de inferioridad, conforme la hora del hecho, el haber actuado con arma, el encontrarse en un ámbito comercial y haber desplegado una vis moral inusitada para amedrentar a las víctimas”. También se tuvo en cuenta el empleo del arma cargada, así como que se la haya disparado al momento de ser interceptados por la policía. A ello se sumó que los disparos fueron efectuados en una barriada populosa en la que se hizo correr peligro a la par, a todos los vecinos, “temeridad y arrojo empleados que también deben jugar en su contra”.
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