Ordenan indemnizar a exdirectores de ARSA

Fueron desplazados meses después de que el FpV asumió el gobierno. La Cámara Laboral de Viedma consideró que no eran cargos políticos sino en “relación de dependencia”.

VIEDMA

VIEDMA (AV).- La Justicia entendió que una empresa estatal debe indemnizar a dos exdirectores nombrados en la gestión radical valorando que eran “cargos políticos” pero, también, que cumplían funciones técnicas y tenían relación de dependencia. Este fallo exigirá un desembolso público cercano a los 660.000 pesos pero, en principio, la Fiscalía de Estado recurriría en apelación al Superior Tribunal de Justicia. Este caso conforma un antecedente judicial frente a otros nombramientos políticos en el Estado.

Los demandantes fueron directores de la empresa pública de aguas y cloacas (ARSA) en los ocho años de la administración de Miguel Saiz. Se trata de Jorge Isaac y Alejandro Kosta, quienes lideraron el directorio de esa sociedad, como presidente y vicepresidente. Al asumir el Frente para la Victoria, ambos continuaron en la empresa estatal y a principios de marzo del 2012 se le comunicaron sus alejamientos, tras lo cual, demandaron indemnizaciones considerando que tenían “relación de dependencia”.

ARSA (hoy Aguas Rionegrinas) es una sociedad anónima con participación estatal del 90% y el resto corresponde al personal. Esta integración conformó el argumento de la empresa para reclamar el tratamiento de “normas de derecho público” y resaltar que sus incorporaciones eran políticas, y sus cargos (directores y gerentes) “estaban indisolublemente unidos”.

El primer voto correspondió al juez Rolando Gaitán. Afirmó que ARSA es una sociedad que “le pertenece casi totalmente al Estado rionegrino” pero “es una sociedad comercial”. Diferenció que la tarea de “director obedece a razones estrictamente políticas” pero las otras tareas eran de gerentes (Isaac de General y Kosta de Administración). Afirma que esas funciones no eran “de carácter político” sino de “carácter técnico y requiere la dedicación diaria absoluta para el cumplimiento de sus obligaciones”. Esa función “configura una clara relación de dependencia”, de modo que “el despido sin causa o rescisión sin causa de que fue objeto el acto, obligan a la demandada al pago de las indemnizaciones previstas legales”. Insistió que “no ocurre lo mismo con las tareas de director porque son designaciones eminentemente política, ad honórem y que por la tanto carece de absoluto de estabilidad y derecho a indemnización alguna por su desvinculación”.

En el caso de Kosta, el camarista desestimó una indemnización especial requerida por el exdirector “por falta de entrega de constancia documentada de pago de aportes”. Gaitan manifestó que “no parece justo condenar al pago de multa” a ARSA cuando Kosta “era justamente la persona que tenía a su cargo el área de personal” y era el responsable “de asegurar el pago de los aportes y contribuciones de su propio sueldo como gerente de Administración, fijado por el directorio que el mismo presidía”.

La indemnización asignada por el Tribunal a Isaac totalizó $ 372.342 mientras que el monto para Kosta llegó a $ 287.120. Fuentes de la Fiscalía de Estado anticiparon que los fallos serán apelados.


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