Imponen multa a prepaga por incumplir con medicamentos

Se decidió además promuever una denuncia contra Swiss Medical por no acatar un fallo de fines de 2012. Ordenaba cobertura para una niña.

CÁMARA DEL TRABAJO

La Cámara del Trabajo de Bariloche impuso 150 pesos diarios de astreintes a Swiss Medical por incumplir con una sentencia que hizo lugar a una acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga.

El fallo incumplido es de finales de noviembre de 2012. La sentencia ordenaba a Swiss Medical a garantizar el 100% de las medicinas y tratamientos ordenados por los profesionales médicos, que necesita la hija de un afiliado. La niña sufre esclerosis mesial temporal (epilepsia), indica el fallo.

La resolución que impone la multa a la prepaga se dictó el lunes, según informa la página web del Poder Judicial de la provincia.

“Atento lo manifestado y las constancias de autos sin que la accionada diera cumplimiento a lo peticionado, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto…”, dice la resolución que firma el presidente de la Cámara del Trabajo, Rubén Marigo.

“De conformidad a ello, aplìquese a Swiss Medical Group SA. la suma de $150 diarios en concepto de astreintes a partir del 17 de octubre 2014”.

“Asimismo dése intervención al fiscal en turno para que sustancie las actuaciones penales correspondientes contra los directivos de la demandada por desacato de una orden judicial. A tal efecto, lìbrese oficio con las copias pertinentes”, señala el juez.

El afiliado interpuso a finales de 2012 la acción de amparo, en representación de su hija menor, para que se condene a Swiss Medical S.A. a cubrir el 100% del tratamiento que los médicos indicaron para su nena.

Swiss Medical planteó entonces la incompetencia de la Cámara del Trabajo de Bariloche para entender en la acción entablada y señaló que corresponde a la Justicia federal.

Los jueces desestimaron ese planteo de la prepaga. Y para fundamentar su fallo mencionaron abundante jurisprudencia.

Entendieron que “conforme la legislación y jurisprudencia vigente”, la prepaga “se encuentra obligada a la cobertura solicitada de conformidad a la ley 25.404 que establece un sistema de cobertura integral para las personas con epilepsia”.

Por eso, la Cámara del Trabajo hizo lugar a finales de noviembre de 2012 a la acción de amparo y condenó a Swiss Medical S.A. a cubrir desde el inicio de la presente causa el 100% de las medicinas y tratamientos ordenados por los profesionales médicos para la niña.

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