Adepa celebró el fallo sobre Google
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) celebró y dijo que comparte los argumentos expuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo referido al planteo de una modelo para que Google dejara de hacer pública información que la involucraba. Al resolver el caso “Rodriguez c/ Google”, la Corte Suprema extendió la vigencia de la libertad de expresión al ámbito de la Internet considerando, como reiteradamente lo sostuvo Adepa, que tanto los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional como el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, “no concretan su tutela en algún medio técnico de comunicación masiva, sino que la extienden a todos ellos, porque el bien jurídico protegido es la libre difusión y circulación de opiniones, ideas y hechos”, dijo la entidad. El pensamiento de la Corte en resguardo de una libertad institucional y estratégica que condiciona la plena vigencia de la democracia constitucional, configura la proyección de una idea que ya había expuesto en 1972 respecto de la cinematografía. Hizo lo propio en 1976 con referencia a las artes plásticas, y a la televisión en 1992 al decidir el caso “Servini de Cubría”. Adepa agregó que “bien ha dicho la Corte que la Internet es el medio que permite a miles de millones de personas en todo el mundo expresar libremente sus opiniones y acceder a una información pluralista e ilimitada, potenciando la realización efectiva del derecho a buscar, recibir y difundir información. Adepa considera que la Internet es el medio técnico de comunicación social más importante forjado en el siglo XX, y que no exagera quien afirma que la Internet y sus futuras ramificaciones configuran un elemento tan decisivo para el desarrollo de la cultura y comunicación humana como lo fue la imprenta a partir del siglo XV”. Concluyó que “si bien la sentencia de la Corte contiene algunas consideraciones fácticas opinables a la luz del ordenamiento jurídico vigente en el país, no cabe duda que se trata de un eslabón que consolida la cadena que vigoriza la libertad de expresión y desarticula aquellos proyectos legislativos que procuran interferir en el libre desenvolvimiento de la Internet y, por añadidura, de la comunicación humana en todos sus niveles”.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) celebró y dijo que comparte los argumentos expuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo referido al planteo de una modelo para que Google dejara de hacer pública información que la involucraba. Al resolver el caso “Rodriguez c/ Google”, la Corte Suprema extendió la vigencia de la libertad de expresión al ámbito de la Internet considerando, como reiteradamente lo sostuvo Adepa, que tanto los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional como el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, “no concretan su tutela en algún medio técnico de comunicación masiva, sino que la extienden a todos ellos, porque el bien jurídico protegido es la libre difusión y circulación de opiniones, ideas y hechos”, dijo la entidad. El pensamiento de la Corte en resguardo de una libertad institucional y estratégica que condiciona la plena vigencia de la democracia constitucional, configura la proyección de una idea que ya había expuesto en 1972 respecto de la cinematografía. Hizo lo propio en 1976 con referencia a las artes plásticas, y a la televisión en 1992 al decidir el caso “Servini de Cubría”. Adepa agregó que “bien ha dicho la Corte que la Internet es el medio que permite a miles de millones de personas en todo el mundo expresar libremente sus opiniones y acceder a una información pluralista e ilimitada, potenciando la realización efectiva del derecho a buscar, recibir y difundir información. Adepa considera que la Internet es el medio técnico de comunicación social más importante forjado en el siglo XX, y que no exagera quien afirma que la Internet y sus futuras ramificaciones configuran un elemento tan decisivo para el desarrollo de la cultura y comunicación humana como lo fue la imprenta a partir del siglo XV”. Concluyó que “si bien la sentencia de la Corte contiene algunas consideraciones fácticas opinables a la luz del ordenamiento jurídico vigente en el país, no cabe duda que se trata de un eslabón que consolida la cadena que vigoriza la libertad de expresión y desarticula aquellos proyectos legislativos que procuran interferir en el libre desenvolvimiento de la Internet y, por añadidura, de la comunicación humana en todos sus niveles”.
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