Sobre región y regionalización (VII)

Por Héctor Pérez Morando

El telegrama del «Telégrafo de la Nación», de 35 palabras, dirigido al «Gobernador Interino» (del Río Negro) recibido a las 8:39 PM del 1/5/1916 expresaba: «Por decreto de la fecha el PE ha resuelto anexar a la Gobernación del Neuquén los departamentos de General Roca y El Cuy. I. Ruiz Moreno. Director Gral. De Territorios Nacionales». En verdad, el decreto era del 29 de abril y dio motivo al expediente N° 2.072, Letra D., Año 1916, que contiene además copia a máquina del citado decreto que hemos comentado anteriormente (nota VI) y escrito de Ruiz Moreno del 6 de mayo de aquel año, indicándole «Al Señor Gobernador del Río Negro» (sin nombrarlo) «impartir las órdenes del caso, para que sean entregadas a la referida gobernación (Neuquén) bajo prolijo inventario todas las existencias de las comisarías, etc. de aquellas localidades, como también notificar al personal superior y subalterno de policía, que en lo sucesivo dependerán del territorio mencionado», es decir del Neuquén.

Después de ordenarse vía gobernación rionegrina en mayo de 1916 la comunicación «al Juzgado Letrado, Jefatura de Policía, tome nota contaduría y hágase saber a los jueces de Paz de Roca, Allén, Cipolletti, El Cuy y Colonia Catriel» y según informara el periódico «La Nueva Era» -que circulaba en Viedma y Carmen de Patagones- en su edición N° 731 del 14/5/1916, la gobernación del Río Negro encomendó al jefe de Policía J. C. Pérez Colman «para hacer entrega a la gobernación del Neuquén, de los distritos con que ha sido favorecida, así como de los bienes del estado y personal administrativo que ahí presta sus servicios». Así de simple: terrenos, mesa, caballos, faroles y personas… y entonces pasaron a depender de la gobernación del Neuquén los comisarios de policía Alfredo García Ponte, de Cipolletti; Juan Malagrava, de Allén; Hipólito Mirat, de General Roca; Fermín R. Cuestas de El Cuy; subcomisario Alberto Caro Rosendi, de Mencué. «Además, el siguiente personal subalterno: 1 sargento, 1 cabo y 14 gendarmes, de Cipolletti; 1 sargento, 1 cabo y 10 gendarmes, de Allén; 2 sargentos, 1 cabo y 16 gendarmes, de General Roca; 2 cabos y 10 agentes, de El Cuy y 6 agentes de Mencué, haciendo un total de 65 individuos de tropa». Nos permitimos tal detalle de «historia chica» porque no está en la «historia grande», en la academia, pareciéndonos que es una contribución al rescate de nombres, lugares y fechas que tuvieron especial protagonismo -en este caso- hace más de ochenta años. Como veremos más adelante, la cartografía regional no supo de modificaciones desde los escritores porteños.

El decreto anexatorio (de neologismos también se nutre nuestra lengua) tuvo variada repercusión y opiniones dando motivo a varios problemas, los principales relacionados con la administración de justicia. Por ejemplo, el juez letrado de Viedma no consideró separados a los departamentos General Roca y El Cuy de su jurisdicción y otro tanto ocurrió con el juez nacional con asiento en Neuquén: no los tuvo como incorporados. «Cada uno de esos magistrados permanece fiel a las disposiciones legales, y el decreto del Poder Ejecutivo, como si no existiera para ellos… Los jueces letrados, verdaderos intérpretes del principio constitucional» opinaba «La Nueva Era» del 18/6/1916. Pero semanas antes, cuando asomó el decreto por el Alto Valle, el entonces semanario «Río Negro» en nota editorial del 11/5/1916 decía equilibradamente que «La resolución del gobierno nacional disponiendo la incorporación de este departamento (Gral. Roca) y el del Cuy al territorio de Neuquén pone término a una situación que fue poco propicia para el desenvolvimiento progresivo de la zona incorporada», y seguidamente recordaba los problemas que se habían tenido en cuenta para elaborar el decreto y ante casos concretos, por ejemplo la lejanía y difícil comunicación con Viedma, hechos que había resaltado la hoja roquense, pero que «sin preconizar el desmembramiento territorial, aconsejábamos medidas de gobierno que subsanaran tan perjudiciales deficiencias. Una de éstas se proyectó más tarde con la creación de un Juzgado letrado en Allén» (sic). Con espíritu más abarcativo, más territorial podría decirse, se expresaba que el decreto de anexión al Neuquén «anula en parte los inconvenientes de la distancia en lo que atañe a las poblaciones comprendidas en esa resolución, pero no modifica en absoluto la situación de otras sujetas a las mismas dificultades que aquellas antes de su anexión». Finalmente ponderaba «Que la noticia de la incorporación de nuestro pueblo (Gral. Roca) a la jurisdicción del Neuquén ha sido recibida por el vecindario con toda circunspección, sin vasallajes de ninguna índole impropios de la democracia y tal como cuadra a los pueblos conscientes de su personalidad» y agregábase: «Además, no podía ser de otra manera porque las autoridades superiores del territorio han sido atentas y correctas con los vecinos que han necesitado de su intervención».

Todos los sectores esperaban la resolución del Congreso Nacional, ya que de ninguna forma un decreto podía modificar o alterar lo dispuesto por una ley y ésta era la 1.532 de 1884, que fijó límites a los entonces territorios nacionales patagónicos. Los problemas en la jurisdicción judicial que señalamos más arriba eran evidentes, palpables y ubicaban en su exacta dimensión el proceder de ambos jueces, especialmente la del juez Zinni del Neuquén, que impugnó el decreto de anexión y sostuvo igual jurisprudencia que su par de Viedma, fallo que fue confirmado por la Cámara de Apelaciones de La Plata a la cual pertenecían. El intríngulis jurisdiccional tuvo otros pormenores, por caso el juicio «Gotilla Daniel contra Escales José», vecinos de la Colonia Roca en la apelación del doctor Manuel Bonet que consideró viable la intervención del juez Zinni, pero ante la declaración de su incompetencia, la Cámara de Apelaciones platense compartió la opinión contraria del Letrado neuquino, como así lo expresó el periódico «Neuquén» en su edición del 24/10/1916 y según lo comentara «La Nueva Era» en su tirada 754 del 29/10/1916.

Pese a la fuerza y decisión inicial, un poco «de ipso», entre 1916 y 1918 se siguió bebiendo agua del Limay y del Neuquén «regionalizada» desde 1884 y también la del mítico «río de los Sauces» por los rionegrinos, pero las tres yendo al Atlántico.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscribite desde $999 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora