Más contratos sin

Son contratos directos de alquiler de inmuebles. Uno es por $ 1.200.000. Se invocan “razones de urgencia”.

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JORGE GADANO

jagadano@yahoo.com.ar

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén sigue empeñado en burlar la ley 2141, de Administración Financiera y Control, autorizando contratos por montos de hasta 1.200.000 pesos, en forma directa. Así, y aun sin proponérselo, se coloca en la línea trazada en la materia por el Poder Ejecutivo, cuando opta por los contratos directos huyéndole a la licitación pública.

Al parecer los vocales del TSJ comparten la convicción del Ejecutivo respecto de que la licitación y el contrato directo son opciones que la ley 2141 ofrece para contratar, sin advertir –raro, en un juez- que la licitación es el principio general, y el contrato digitado una excepción. Tampoco habrían advertido que no es forzoso acudir a la excepción cuando está autorizada por la ley.

El artículo 63 de la ley citada dice que “todo contrato se hará por licitación pública”. Es una norma general imperativa de la que el Tribunal puede apartarse, pero sin estar obligado, porque el artículo siguiente enumera los casos en que “podrá contratarse” en forma directa. O sea que, aunque el monto a gastar sea pequeño puede hacer una licitación pública.

Los contratos en cuestión corresponden al mes de diciembre pasado y fueron publicados en el Boletín Oficial del tres de febrero último. Yendo de mayor a menor el primer lugar, por el monto, lo ocupa el ya aludido de 1.200.000 pesos, consistente en el alquiler de un inmueble a Guillermo Guntsche y Privada del Sur SRL. Luego sigue otra locación de inmueble a Isidoro Carlos Tieppo por 393.465,60 pesos. Como el anterior, este contrato es aprobado en acuerdo del tribunal. Hay una tercera locación, de un inmueble situado en Cutral Co, aprobado por la presidencia del tribunal. Es por 169.200 pesos y favorece a Silvia Morales.

Entre Los contratos que siguen en la reseña del Boletín Oficial, todos inferiores a los cien mil pesos, destaca uno, no tanto por el monto, de 19.800 pesos, como por la contratista, que es el Grupo Crear SRL, en el cual lucen nombres de prosapia emepenista.

El objeto del contrato es la prestación de un servicio de auditoría de medios para al poder judicial de la provincia. La “vía de excepción” contemplada para legitimar el contrato directo es el artículo 64, punto dos, incisos c), g) y h) de la ley 2141. El primero invoca “razones de urgencia”, el segundo se refiere al caso en que “hubiere notoria escasez de los elementos a adquirir” y el tercero autoriza la excepción si se tratare de “adquirir, ejecutar, conservar o restaurar obras artísticas, científicas o técnicas que deban confiarse a empresas, personas o artistas especializados”.

Las denominada “auditoría” consiste, sencillamente, en suministrar al TSJ un informe sobre todo lo que se diga de la justicia en una extensa lista de medios gráficos y electrónicos encabezada por este diario.

No se alcanza a entender cuáles serían las razones de urgencia, como no sean que el Grupo Crear necesita plata. Tampoco es comprensible lo de la “notoria escasez”, porque ese fenómeno pudo darse cuando el único capacitado para hacer eso era Andrés Ogando –hoy dedicado a otros menesteres- ex director de Información Pública de Felipe Sapag. Y por fin, la tercera excepción sólo puede entenderse relacionándola con que el funcionario responsable del texto, creyó que, por las dudas, convenía agregarle ese inciso.

Para decirlo en pocas palabras, el Grupo Crear lleva en la frente un sello que dice MPN. En un informe que le dediqué cuando todavía gobernaba Jorge Sobisch, mencioné a dos protagonistas de la sociedad, Lucas Petazzi y Claudio Staicos. Es posible que con Sobisch algún cheque oficial haya sostenido la sobrevivencia de los jóvenes fundadores de la agrupación oficialista Nueva Generación. Pero es seguro que, ya gobernador, Jorge Sapag refrendó el decreto 1287, instado por el subsecretario del ramo Antonio Artaza. Bastó entonces con un solo inciso, el h), que viene así a ratificar que el poder (Ejecutivo primero, después Judicial) tiene a Petazzi y Staicos como “artistas especializados”.


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