Casa en Paso Córdoba: el municipio de Roca aplicará sanciones económicas diarias a los dueños si no cumplen la sentencia

Enviaron notificaciones a los propietarios para hacer cumplir la sentencia del Juzgado de Faltas que aplicó una fuerte multa y ordenó demoler la construcción.

El municipio de Roca envió notificaciones contra los propietarios de la casa construida en el área protegida de Paso Córdoba, por la que existe una causa judicial en el Juzgado Contencioso Administrativo de los tribunales de esta ciudad. El nuevo capítulo se da en el marco de la sentencia del Tribunal de Faltas local, que planteaba sanciones económicas diarias (astreintes) en caso de incumplimiento de lo decidido por la jueza Estefanía Rivero.

La imponente casa construida en Paso Córdoba, al sur de Roca, y a un kilómetro y medio aproximadamente del puente que cruza el río Negro, generó una batalla judicial entre el municipio que preside María Emilia Soria y los tres propietarios del lote donde se construyó la casa.

Tras un fallo de la jueza de Faltas que decidió una fuerte multa y una orden de demolición de la vivienda, los propietarios recurrieron a la Justicia Civil, que no hizo lugar a la medida cautelar de los dueños de la construcción para bloquear las disposiciones municipales, pero ordenó presentar pruebas al Gobierno comunal que justifiquen la multa y la orden de demolición.

En el medio siguieron corriendo los plazos dispuestos por la Justicia de Faltas para demoler la construcción, decisión que fue ratificada por el municipio tras una apelación de los dueños de la propiedad.

«La postura del Municipio será en primera instancia la de comenzar a aplicar astreintes (sanciones económicas o multas) según se determinó en la sentencia», informaron ayer martes fuentes municipales a Diario RÍO NEGRO.

«Se espera que los propietarios ajusten su conducta acorde a derecho. Si persisten con su no cumplimiento, se avanzará en la demolición a su costa«, se advirtió desde el municipio.

La jueza de Faltas había dispuesto sanciones de 50 USAM por cada día de retraso en la adopción de las medidas decidió en su sentencia. El valor de cada USAM para estas sanciones es de $600.

Según las fuentes del municipio consultadas, las cedulas de notificación de las sanciones económicas se emitieron el lunes. A partir de la notificación a los propietarios comenzarán, al día siguiente, a correr las sanciones en caso de incumplimiento.

Qué resolvió el juez en la causa judicial por la casa en Paso Córdoba


En medio de la disputa con el municipio, los propietarios de la construcción en Paso Córdoba plantearon al juez en lo Contencioso Administrativo Matías Lafuente una medida cautelar de “no innovar” para suspender el avance del proceso administrativo del municipio. La petición fue rechazada por el magistrado.

El juez consideró que el pedido no cumple con ninguno de los tres requisitos legales básicos que se deben valorar para suspender los efectos de un acto administrativo. Aclaró, como marco para el análisis, que las decisiones de la administración pública, sea municipal, provincial o nacional, se deben presumir legítimas.

El rechazo de la medida cautelar implica que el trámite administrativo del municipio puede seguir su curso mientras avanza el proceso judicial sobre el planteo “de fondo”. Este proceso resolverá, en definitiva, sobre la validez de la multa y de la orden de demolición.

El juez Lafuente valoró que si bien el Municipio les dio 60 días a los particulares para iniciar la demolición, también es cierto que el comienzo de esa tarea requiere, necesariamente, un aval judicial previo.

Es decir que una vez agotados los 60 días, la municipalidad deberá iniciar judicialmente un proceso de ejecución de la condena administrativa y en ese juicio los dueños de la construcción podrán plantear las defensas que consideren.

Esta particularidad del proceso, según valoró el juez, neutraliza el “peligro en la demora” que alegaron los particulares al pedir la medida cautelar.

Por otra parte, consideró que no está demostrada la “verosimilitud del derecho” de los peticionantes, dado que ellos mismos admitieron haber construido en forma antirreglamentaria.

El inmueble de propiedad de los actores se encuentra en un lugar declarado por el legislador como ecológicamente sensible y por tal razón sujeto a estrictas restricciones de construcción y asentamiento humano, mientras que la misma actora, solicitando sea garantizado su derecho de propiedad, reconoce haber edificado en ese sitio de su propiedad sin haber requerido previo al inicio de las obras las autorizaciones municipales pertinentes”, señala la resolución del juez.


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