Confirman las condenas contra farmacéuticos por la estafa al Ipross
El Tribunal de Impugnación ratificó la sentencia de primera instancia y destacó el análisis del caso que hizo el cuerpo colegiado de Roca. Los condenados aún tienen instancias de apelación.
El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó las condenas a un grupo de farmacéuticos de Roca involucrados en un fraude millonario al Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross). Los profesionales imputados habían simulado ventas de medicamentos a afiliados de la obra social estatal, causando un importante perjuicio económico. Este fallo ratifica las penas impuestas por el Tribunal de Juicio de Roca y rechaza los recursos presentados por las defensas.
Sandra Fasano, exauditora del Colegio de Farmacéuticos de Río Negro, recibió la condena más severa: 9 años y 6 meses de prisión, tras ser declarada culpable de 574 estafas. Claudio Caffaratti, también farmacéutico, fue condenado a 8 años y 6 meses por su participación en 249 estafas, mientras que Rodolfo Eduardo Mastandrea deberá cumplir 8 años de prisión por 122 estafas. Raúl Eduardo Mascaró fue condenado a 6 años y 6 meses por 107 defraudaciones.
Las condenas no solo incluyen penas de prisión. Los cuatro farmacéuticos están bajo medidas cautelares, como el uso obligatorio de tobilleras electrónicas y la prohibición de salir de sus localidades de residencia. Además, quedaron inhabilitados por seis años para ejercer la profesión de farmacéuticos, lo que afecta su capacidad de seguir trabajando en el ámbito de la salud.
Estafa al Ipross: los planteos de las defensas
Las defensas de los imputados intentaron revertir las condenas mediante varios cuestionamientos. La abogada de Sandra Fasano, Rodolfo Eduardo Mastandrea y Raúl Eduardo Mascaró cuestionó la validez de los allanamientos realizados y alegó que el procedimiento para recolectar y resguardar la evidencia digital fue nulo. También argumentó que el proceso judicial violó el principio de inocencia y se alejó de la razonabilidad investigativa.
Por otro lado, el defensor de Claudio Caffaratti insistió en un pedido de sobreseimiento basado en una propuesta de reparación económica que ya había sido rechazada durante el juicio. También solicitó la absolución de su cliente y criticó el sistema de auditorías del Ipross, con el argumento que la delegación de funciones de control a terceros, como el Colegio de Farmacéuticos, fue ineficiente y generó problemas en la administración de la obra social. Las defensas señalaron que las penas eran desproporcionadas y arbitrarias, buscando así una reducción de las condenas.
El Tribunal de Impugnación, compuesto por los jueces Adrián Zimmermann, Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi, rechazó los argumentos de las defensas. Según el fallo, todos los planteos ya habían sido correctamente analizados y rechazados por el Tribunal de Juicio de Roca.
Los jueces consideraron que no había evidencia de arbitrariedades ni errores legales que justificaran una modificación de las condenas. “Los agravios presentados son simplemente reediciones de planteos ya tratados y respondidos de manera fundamentada”, afirmó el Tribunal.
El fallo destacó el trabajo del Tribunal de Juicio, que llevó a cabo un análisis exhaustivo de todas las pruebas presentadas. Los jueces señalaron que la sentencia fue “completa, integral y ajustada a derecho”, y que las maniobras fraudulentas de los imputados quedaron debidamente probadas.
Se describió cómo Sandra Fasano, desde su rol de auditora del Colegio de Farmacéuticos, lideró un esquema para insertar información falsa en el sistema del Ipross, simulando ventas de medicamentos que nunca ocurrieron. Esta operación, realizada en coordinación con los otros farmacéuticos condenados, utilizó diferentes métodos para concretar las estafas.
Detalles de la estafa al Ipross
La investigación reveló que Fasano y los demás farmacéuticos se beneficiaron de un esquema elaborado que manipulaba el sistema informático del Ipross. El fallo subrayó que las maniobras involucraron la inserción de datos falsos sobre ventas de medicamentos, que en realidad no se habían entregado a los afiliados de la obra social. Las pruebas presentadas en el juicio mostraron que la acusación probó cada una de las defraudaciones y las responsabilidades individuales de los implicados, en un plan común que buscaba obtener beneficios económicos a costa del Ipross.
El Tribunal de Impugnación también rechazó los pedidos de la Fiscalía de Estado, que solicitaba ajustes en los honorarios profesionales de los abogados querellantes. Pese a los intentos de las defensas por desacreditar el proceso, el fallo confirmó la solidez de la investigación y el trabajo del Tribunal de Juicio. Aunque el Tribunal de Impugnación confirmó las condenas, las defensas todavía tienen la posibilidad de recurrir a instancias extraordinarias para intentar revertir el fallo.
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