Estaba prófugo, lo atraparon y retornó al penal de Bariloche imputado por otro homicidio

El juez de garantías admitió los cargos que la fiscalía formuló contra el acusado del crimen de Sebastián Ojeda Ferro, perpetrado el viernes en esta ciudad y le impuso cinco meses de prisión preventiva. La defensa había pedido la nulidad de las actas de procedimiento y del allanamiento.

José Evaristo Chávez Aguilar retornó el lunes al penal de Bariloche. Se había retirado en marzo pasado tras acceder al beneficio de las salidas transitorias por haber cumplido la mitad de la pena de 14 años de prisión que le impusieron en marzo de 2017 por el homicidio del chico David Oyarzo. Como no regresó a la unidad de detención lo declararon en rebeldía y ordenaron su captura. Ahora, regresó imputado por el homicidio de Sebastián Ojeda Ferro.

El fiscal Inti Isla y la fiscal jefa Betiana Cendón le atribuyeron el lunes en la audiencia de formulación de cargos haber asesinado a Ojeda Ferro.

Según la acusación fiscal, Chávez Aguilar se cruzó el viernes alrededor de las 18 con la víctima, que caminaba por la calle Onelli, con su pareja y el hijo pequeño de ella. El encuentro fue a la altura del cementerio municipal.

Chávez Aguilar lo invitó a charlar, pero en el interior del cementerio. Los dos jóvenes saltaron el muro perimetral y cuando estuvieron en el interior del predio, el imputado le disparó cuatro o cinco tiros a Ojeda Ferro.

Uno de los proyectiles, calibre 22, dio en la zona del cuello del joven, que escapó y saltó hacia la calle Onelli. A la altura de la calle Las Lengas alcanzó a su pareja, con el pequeño. “¡Me puso José Chávez, me puso!”, le advirtió herido de muerte a la mujer. El autor de los disparos ya había huido.

El herido fue trasladado en un auto particular hasta el hospital Ramón Carrillo, donde murió antes de las 21. Tenía 31 años.


Había policías cerca del lugar del ataque


Los fiscales relataron que había policías en inmediaciones del cementerio y escucharon las detonaciones y el pedido de auxilio de la pareja del herido. La mujer les indicó quién había sido el autor de los disparos y cómo estaba vestido. 

Los policías identificaron a Chávez Aguilar, que tenía orden de captura. Por eso, fueron hasta el domicilio de la familia del sospechoso, distante a pocas cuadras, en el barrio Arrayanes, según la acusación fiscal.

Cuando lo ubicaron, el joven escapó por un descampado hacia el barrio Vivero. Después, allanaron su domicilio y alrededor de las 22 lo detuvieron en ese domicilio, cuando pretendía huir otra vez. Además, secuestraron un revólver calibre 22 y una riñonera con 22 cartuchos del mismo calibre.

La fiscalía calificó el hecho atribuido al acusado como un homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

José Evaristo Chávez Aguilar, de 32 años, imputado por el homicidio de Sebastián Ojeda Ferro. (foto gentileza)

La defensa del imputado pidió la nulidad de dos actas clave


El defensor oficial Marcos Miguel, que asistió al imputado, pidió al juez de garantías Ricardo Calcagno que declare la nulidad del acta de procedimiento y del acta del allanamiento en el domicilio del sospechoso. Señaló que los dos testigos que figuran en las dos actas le informaron que no estuvieron presentes ni observaron las dos diligencias.

Miguel dijo que se había comunicado con esos dos testigos de actuación. Señaló que un testigo le dijo que estaba esperando el colectivo en una garita, le tomaron los datos y no presenció nada. La otra testigo es periodista que estaba en la zona por su trabajo.

Ninguno estuvo en los procedimientos. Y observó que no están sus firmas en las actas. Por eso, solicitó al juez que sean declaradas nulas esas pruebas, que la fiscalía expuso para sostener la acusación, junto con otras evidencias.

“Hay una resolución de la Procuración donde se manifiesta cómo se tienen que llevar adelante las actuaciones. Dice que tiene que haber dos testigos”, recordó Miguel. Señaló que hubo una actividad defectuosa por parte de la fiscalía.

Isla replicó explicó que se comunicarán con esos testigos para que corroboren las actas. En relación al allanamiento, “estuve presente desde el inicio. Se solicitó ante un juez de garantías con todas las formalidades de la ley, firmé todas las actas, la cadena de custodia”, aseveró.

Dijo que en el caso del allanamiento “se imposibilitó la obtención de testigos, porque nadie quería participar de la diligencia, nadie se quería acercar. Fue en horas de la noche, la diligencia terminó a la 1 de la madrugada”. Y pidió rechazar los pedidos del defensor.

Cendón recordó que no fue menor la complejidad del allanamiento, “con una familia agresiva, con una persona con un arma de fuego”. Y destacó que el fiscal Inti estuvo en esa diligencia. Afirmó que “no generan agravio irreparable, porque están todas las actas que van a ser convalidadas por aquellos testigos de actuación”.

Miguel dijo que se enteró de los procedimientos por los medios. “El legislador es sumamente claro del por qué tiene que haber dos civiles (en las diligencias judiciales) para que no queden margen de dudas”, destacó.

Dijo que planteaba la actividad defectuosa por parte de la fiscalía “porque es el momento”. “El Código Procesal Penal dice que inmediatamente, apenas tomemos conocimiento lo tenemos que plantear, no tenemos que esperar hasta el juicio oral y público”, afirmó.

Sostuvo que el planteo es “en garantía de los principios básicos que establece el Código Procesal Penal y de las garantías constitucionales de defensa que tiene el señor Chávez Aguilar”.


El juez validó las actuaciones de la fiscalía


Calcagno observó que estaba el fiscal en el allanamiento. “Si la defensa desconfía del accionar del fiscal estamos en un problema”, admitió. Enfatizó que la ausencia de los testigos de actuación del allanamiento “queda suplido por la presencia del funcionario del Ministerio Público Fiscal”.

Recordó que “es un hecho gravísimo el que estaban investigando, estaban procurando la detención de una persona con armas”. “Nadie puede obligar a estar en riesgo a personas que no quieren intervenir por los motivos que expuso la fiscalía”, puntualizó Calcagno.

“Entiendo que esta actividad defectuosa que la defensa manifiesta no es tal, para mí la actividad desarrollada por la fiscalía en presencia del doctor Isla en el allanamiento es totalmente válida”, resolvió el juez. Y desestimó el pedido de nulidad. El defensor hizo reserva de impugnación.

Tras superar ese contrapunto, Calcagno admitió los cargos por homicidio agravado por el uso de arma de fuego contra el imputado y habilitó la investigación del caso por cinco meses. El defensor oficial no se opuso.

El juez le impuso cinco meses de prisión preventiva al imputado, por pedido de la fiscalía. Aunque Chávez Aguilar aún debe cumplir la mitad que le falta de la pena por el homicidio de Oyarzo, que tenía solo 13 años cuando lo mató de un escopetazo el 6 de noviembre de 2014 en esta ciudad.


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