La Anses limitó los descuentos de las obras sociales: cómo será a partir de ahora

La medida fue oficializada a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial. Los detalles.

La Anses implementó un nuevo sistema de autorización digital que deberán hacer los beneficiarios para que les sea descontado importes «extra» de sus haberes que vayan para obras sociales y empresas de seguros. Por otro lado, le puso un tope a los descuentos de las obras sociales.

La medida se dio a conocer mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 970/2024, que establece una nueva operatoria para el «Sistema de Descuentos no Obligatorios que se acuerden con Terceras Entidades».

La normativa también aclara cómo se deberán hacer los descuentos de «terceras entidades» y cómo los beneficiarios deberán hacer el trámite para autorizarlo. El Gobierno Nacional busca de este modo ponerle fin al sistema de triangulación entre obras sociales y prepagas.

La Anses, obras sociales y el nuevo sistema de autorizaciones


La Anses avanzó con la autorización digital que deberán hacer los beneficiarios para que les sea descontado importes «extra» de sus haberes que vayan para las obras sociales y también para empresas de seguros. La resolución destaca que los descuentos no son obligatorios y dependerán del consentimiento del beneficiario, que podrá otorgarse de manera virtual o presencial.

«En igual sentido, en caso de vencimiento o pre cancelación de créditos, los tomadores beneficiarios podrán optar por mantener o dar de baja el descuento de cuota social o afiliación con la respectiva entidad», explicaron.

Tope para los descuentos de afiliaciones sindicales


La medida publicada en el Boletín Oficial introduce también un tope para los aumentos sobre los descuentos a las cuotas de afiliación social-sindical o servicios especiales no crediticios que ingresan las Terceras Entidades a través del sistema de descuentos no obligatorios.

El organismo previsional tutelará la incidencia de los descuentos en los haberes y establece un doble tope para los aumentos afiliación/social/sindical, conformado por una actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y por un porcentaje fijo del haber mínimo.

Con información de El Cronista


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