División en el Foro de Jueces de Cipolletti por prisiones domiciliarias

El magistrado de Ejecución revocó un beneficio que otorgó un tribunal colegiado. Se detectó que entre el 1 y el 24 de septiembre de 2024, el sistema de monitoreo detectó 51 transgresiones a las pautas de conducta. 

El tema de las prisiones domiciliarias generó tensiones en el Foro de Jueces de Cipolletti. Mientras tres jueces de juicio decidieron otorgar la prisión domiciliaria a un condenado con el uso de tobillera electrónica, el juez de Ejecución Lucas Lizzi tomó una decisión contraria y revocó el beneficio tras comprobar reiteradas transgresiones. El magistrado, luego analizar los informes del sistema de monitoreo, ordenó que el condenado sea enviado a un penal.

El preso, identificado en el fallo como S.A.R., fue condenado en febrero a tres años de prisión efectiva. En ese momento, los jueces Julio Sueldo, Guillermo Merlo y Florencia Caruso Martín decidieron que cumpliera su pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, debido a que previamente se encontraba con prisión preventiva en su domicilio. La medida incluía el uso de un dispositivo de monitoreo electrónico, que debía estar permanentemente activo, y establecía estrictas limitaciones sobre su movilidad.

Sin embargo, el control del dispositivo arrojó resultados que llevaron al juez de Ejecución a intervenir. Entre el 1 y el 24 de septiembre de 2024, el sistema de monitoreo detectó 51 transgresiones a las pautas impuestas, lo que significaba un total de 159 minutos fuera del radio permitido. Según el informe de la Unidad de Acompañamiento y Monitoreo Electrónico (UADME), S.A.R. se alejó en múltiples ocasiones más de 50 metros del dispositivo, lo que activó las alertas.

La defensa alegó que las transgresiones podían haberse producido dentro del domicilio, pero el juez desestimó esa posibilidad, indicando que la vivienda, ubicada en un plan de viviendas, no cuenta con la extensión suficiente para justificar esas distancias.

Durante la audiencia del 1 de octubre de 2024, la fiscal Ivana Vassellati señaló que las transgresiones eran claras y reiteradas, violando las condiciones de la prisión domiciliaria. La fiscal solicitó que la medida fuera revocada y que el condenado cumpliera su sentencia en un establecimiento penitenciario.

La defensa, a cargo de Carolina Johansen, argumentó que las transgresiones eran de corta duración y que no se había demostrado que el condenado hubiera salido efectivamente del domicilio. Además, la defensa sostuvo que no se habían solicitado croquis ni mediciones exactas del lugar, lo que dejaba margen de duda sobre la supuesta violación.

El juez Lizzi, tras escuchar los argumentos de ambas partes y revisar los informes, resolvió que las reiteradas transgresiones evidenciaban un incumplimiento grave de las pautas, a pesar de las advertencias previas.

Afirmó que el domicilio no cuenta con las dimensiones necesarias para que el dispositivo haya marcado alejamientos de hasta 50 metros sin salir de la vivienda. Además, subrayó que ya en audiencias anteriores se habían fijado pautas claras para evitar este tipo de situaciones, y que el condenado fue debidamente notificado de las mismas.

Por ello, decidió revocar la prisión domiciliaria y ordenó que S.A.R. sea trasladado a la Unidad Penal N° 5, con resguardo físico debido a que el condenado manifestó tener conflictos con otros internos en ese establecimiento.

La defensa solicitó que se considerara la posibilidad de reubicar a S.A.R. en el Penal N° 2, por motivos de seguridad y cercanía con su domicilio real. El juez accedió a esta petición y ordenó que, luego de su ingreso al Penal N° 5, se realice un traslado a otra unidad en un plazo no mayor a 48 horas, asegurando la integridad del condenado.

Además, el juez autorizó que, una vez ingresado al penal, S.A.R. sea acompañado por personal penitenciario a su domicilio para recoger pertenencias esenciales, como ropa y elementos de higiene, siempre y cuando mantenga un buen comportamiento.


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