Penas de prisión en suspenso y libertad para los mapuches de Villa Mascardi

El juez federal subrogante de Bariloche Hugo Greca condenó a los siete imputados por el delito de usurpación. Todos permanecen en libertad.

Los siete integrantes del pueblo mapuche, imputados por el delito de usurpación de dos predios de la Administración de Parques Nacionales en Villa Mascardi, a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche, fueron condenados con penas máximas de dos años y seis meses de prisión en suspenso, un monto cercano al máximo establecido por el Código Penal, que les permite permanecer en libertad.

Luego de ratificar el sobreseimiento de Betiana Colhuan, la machi (líder espiritual) de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, que dispuso antes de comenzar el debate el jueves pasado, el juez federal subrogante de Bariloche, Hugo Greca, ordenó las condenas de María Nahuel, Luciana Jaramillo, Romina Rosas, Ailén Tapia, Jésica Bonnefoi, Johana Colhuan y Gonzalo Coña, a quienes encontró penalmente responsables como coautores del delito de usurpación, tipificado en el artículo 181 del Código Penal.

Nahuel, Rosas, Jaramillo y Tapia recibieron una condena de dos años de prisión con ejecución en suspenso, con pago de costas procesales, y la exigencia de cumplir durante ese plazo “reglas de conducta” como fijar un domicilio, abstenerse de cometer otros delitos y someterse al cuidado del Instituto de Presos y Liberados de Río Negro.

La machi Betiana Colhuan (centro) fue sobreseída de la causa por usurpación al iniciar el juicio en Bariloche. Ayer acompaño a su familia. Foto: Chino Leiva

La pena que dispuso el juez a Bonnefoi fue de dos años y dos meses, considerando una anterior condena de seis meses de prisión en suspenso por lesiones leves ante el “arañazo” a una mujer policía en el contexto del procedimiento de desalojo de Villa Mascardi.

A las cinco mujeres se les imputó la usurpación de dos predios de Parques Nacionales entre el 10 de noviembre de 2017 y el 23 del mismo mes cuando se produjo el primer desalojo.

En el caso de Colhuan (hija de Nahuel y hermana de la machi) y Coña, la pena fue mayor, de dos años y seis meses de prisión de ejecución en suspenso, por la usurpación y el atentado a la autoridad agravado por haberse cometido a mano armada. En ambos casos se los juzgó por la ocupación detectada dos días más tarde del desalojo, el 25 de noviembre de 2017, cuando se produjo el operativo de Prefectura Naval en el que fue asesinado Rafael Nahuel.

El juez se limitó a informar la parte resolutiva de la sentencia ayer pasadas las 16:30, luego de escuchar el mismo día los alegatos de partes y la palabra de cinco de las imputadas. Respecto a las penas coincidió con el pedido del fiscal federal Rafael Vehils Ruiz, pero no se expresó ante la solicitud del ministerio público fiscal de “abstenerse” los imputados de concurrir a las tierras de Villa Mascardi donde se instaló el rewe (lugar sagrado) por el cual los referentes mapuches hicieron una enfática defensa de su importancia y valor simbólico para la cultura mapuche.

Hechos probados para la fiscalía


El fiscal Vehils Ruiz consideró “la naturaleza de la acción, la peligrosidad y el daño extendido” y fundamentó profusamente probados los hechos puntualizados en “vías de hecho” con violencia para tomar posesión de los predios, algo -que según argumentó- ni siquiera la Corte Interamericana de Derechos Humanos acepta en casos de “reivindicaciones legítimas de pueblos y comunidades indígenas”.

Una de las imputadas por el delito de usurpación en Villa Mascardi, en el día de alegatos del juicio. Foto: Alejandra Bartoliche.

El representante del ministerio público -al igual que la querella- referenció que integrantes de la comunidad, encabezados por María Nahuel, en 2011 habían solicitado la constatación de otra comunidad “Colhuan-Nahuel” en el barrio Virgen Misionera de Bariloche, según registros del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), y la Lafken Winkul Mapu no realizó ningún trámite formal de reconocimiento.

También objetó que “el predio en cuestión no se trata de una tierra de posesión actual y tradicional” porque esas familias no estaban previamente en la zona y por lo tanto no se puede considerar una “recuperación territorial”.

Vehils Ruiz enfatizó en que los integrantes de la lof Winkul Mapu informaron públicamente la “recuperación territorial” el 10 de noviembre de 2017, “anunciaron la resistencia” y “no tenían intención de abandonar el predio ni mantener ningún diálogo”.

El abogado de Parques Nacionales, en representación de la querella, Nicolás Vinuesa, que había pedido penas máximas de 3 años de prisión por dos de los acusados, insistió que el hecho investigado “no se trata de un reclamo territorial sino que se trata de un hecho delictivo”.

El derecho indígena, prioridad para la defensa


Los defensores, de la Asociación Gremial de Abogados, que intervinieron en representación de los mapuches imputados, argumentaron en pos de buscar la absolución, poniendo énfasis en el derecho indígena y el respecto a la cultura mapuche; en la “asimetría” entre los integrantes mapuches y las fuerzas de seguridad y el Estado en representación de Parques Nacionales, y agregaron el concepto de “crimen político” por la causa judicial que se mantuvo durante casi 7 años.

De los siete letrados, Eduardo Soares hizo el alegato más político con un repaso de la historia del pueblo mapuche y cuestionamiento a que “se intente resolver un conflicto territorial con el Código Penal, porque el Código Penal es el código de violencia, no deja alternativas, reduce la posibilidad de negociación”.

Día de alegatos en el juicio por usurpación en Villa Mascardi. Foto: Alejandra Bartoliche

Laura Taffetani prometió llegar tribunales internacionales y advirtió “en algún momento se va a recuperar” el territorio que reclama la lof Lafken Winkul Mapu y junto a Blanca Barreiro pidió tener perspectiva de género.

Un planteo puntual tuvo el abogado Álvaro Arias Camacho, que defendía a Ailén Tapia, una docente de San Antonio Oeste, quien solicitó que se considere que la mujer “fue movilizada por una cuestión que tiene que ver con las convicciones más profundas” y llegó dos semanas antes a Mascardi para colaborar con la machi, por lo que no se acreditaría su participación en la usurpación.

Virgilio Sánchez dijo que no hubo “dolo de usurpar”, que se trataba de espacios abiertos y se refirió el derecho indígena: “No existe una vulneración a la propiedad privada porque no vale más la propiedad privada que los derechos de los pueblos originarios”, enfatizó.

También, los defensores hicieron una expresa defensa de la importancia de mantener el sitio sagrado (rewe) para las comunidades mapuches.

“Hablan de violencia, pero los muertos los tenemos nosotros”


“No somos usurpadores, a nosotros nos vinieron a despojar de nuestro territorio, a nosotros nos vinieron a matar”, dijo María Nahuel, una de las mujeres imputadas en la causa que ayer decidió hablar ante el juez antes de conocer la sentencia condenatoria.

Johana Colhuan en los mismos términos recordó el asesinato de Rafael Nahuel y lamentó con lágrimas en los ojos: “Se habla de violencia, se habla de muchas cosas, pero los muertos los tenemos nosotros. Hoy mi primo ya no está”.

También Luciana Jaramillo, Romina Rosas y Ailén Tapia hablaron, defendieron la cultura mapuche y la importancia del rewe (lugar sagrado) en Villa Mascardi.

Un joven mapuche con el rostro de rafael Nahuel, asesinado en Villa Mascardi en noviembre de 2017. Foto: Chino Leiva

Nahuel hizo una extensa exposición en su defensa, con reproches a la actuación de las fuerzas de seguridad en todos los años desde el inicio del proceso y pidió justicia por los niños que vivieron los operativos de las fuerzas federales en Mascardi.

Todas las mujeres relataron el desalojo como un accionar violento en el que no medió palabra y hubo disparos, sin presencia de mujeres policías al momento de la detención en la montaña y con el retiro de sus hijos.

Nahuel reafirmó los dichos de la machi referidos a una historia familiar vinculada al lugar y a la importancia de la líder espiritual. Además cuestionó la existencia de privados en las inmediaciones: “Tenemos a (Diego) Frutos y a cuántos más al lado de donde estamos nosotros y ellos ¿cómo están ahí? ¿tienen su título? ¿Parques tiene derecho a vender el territorio o es porque tienen plata?”.

Tapia, una docente que vive en San Antonio Oeste y ejerce en Conesa, relató su situación particular porque acudió a Villa Mascardi para acompañar “el levantamiento de la machi” y denunció persecución con “varias causas armadas” desde 2017 a la actualidad.

“Fui por una necesidad espiritual y decimos la verdad, no somos violentos, no somos terroristas, somos mapuche y queremos que el Estado reconozca todo el atropello que están haciendo hoy con la machi Betiana y con toda su comunidad, con todo el pueblo mapuche que la sostenemos”, afirmó.

En el mismo sentido Jaramillo explicó: “La mayoría de las personas que acudimos al encuentro con la machi es por una conciencia propia y también porque tenemos un rol con la machi”.
Rosas también se refirió a su presencia por la misma convocatoria.

Clases suspendidas y un operativo de seguridad desmedido


El desmedido resguardo del Escuadrón 34 de Gendarmería Nacional de Bariloche donde se realizó el juicio por usurpación en Villa Mascardi motivó la suspensión de clases ayer, y los dos últimos días de la semana pasada, en varias escuelas ubicadas en las inmediaciones.

Hubo vallas y gendarmes apostados en cada esquina de la manzana donde se ubica el predio oficial (entre Fagnano, Frey, Bestchedet y 25 de Mayo) y la extensión de cortes de tránsito a unos 200 metros a la redonda. nadie podía pasar y en el exterior ayer solo hubo un puñado de manifestantes que se acercaron con banderas y símbolos de pueblos originarios a acompañar la lectura de la sentencia desde la calle.

La suspensión de clases fue dispuesta por “seguridad” por el Consejo Escolar Zona Andina y alcanzó a la escuela de gestión privada María Auxiliadora y el jardín de infantes 56, la primaria 185, las secundarias 104, 105 y 20.

La medida le valió la crítica del gremio Unter que habló de una mayor “estigmatización del pueblo mapuche” con el dispositivo de seguridad y la cancelación de las actividades escolares. El gremio cuestionó al Gobierno por la decisión y al juzgado federal por disponer el operativo “desmedido”. Acotó que el juicio se dio en un “contexto de zona sitiada por las fuerzas de seguridad” que obligó a residentes a portar DNI para certificar su domicilio en la zona vallada.


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