Se paga el bono para jubilados y pensionados en octubre 2024: de cuánto es y quiénes lo cobran

El gobierno nacional oficializó el pago del bono, como meses anteriores. Conocé quiénes lo cobran y de cuánto es en octubre 2024.

Este último lunes de septiembre, el gobierno nacional dispuso a través del Boletín Oficial el pago de un nuevo bono extraordinario previsional de hasta 70 mil pesos a pagar con los haberes del mes de octubre 2024, que empiezan a liquidarse esta semana. Conocé los detalles de la medida.


ANSES: Quiénes cobran el bono extraordinario de 70 mil pesos en octubre 2024


Según indica el Boletín Oficial, el bono de 70 mil pesos será liquidado por titular a través de ANSES. Esto incluye a:

  • Personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05;
  • Personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;
  • Personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo de ANSES

ANSES: Quiénes no cobran el bono extraordinario de 70 mil pesos en octubre 2024


Como sucedió en meses anteriores en los que también se otorgó el bono, el gobierno nacional aclaró que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional, el importe máximo del bono extraordinario será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono. Es decir se paga la diferencia hasta llegar al nivel que fija la prestación mínima más el bono.

En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del bono que se otorga por el  decreto. Este tiene carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Con información de Noticias Argentinas.-


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