Javier Milei modificó la ley que obligaba pagar a Sadaic por pasar música en fiestas y eventos

Las modificaciones fueron dadas a conocer a través de un decreto.

A partir de este miércoles se puso en vigencia el decreto del gobierno de Javier Milei, que elimina el canon de Sadaic a los salones de fiesta, hoteles, bares y restaurantes por pasar música en fiestas privadas.

El Gobierno a través del Decreto N° 41.223, publicado el martes en el Boletín Oficial, estableció una serie de modificaciones a la ley de propiedad intelectual.

Resolvió que las canciones, películas y otro tipo de obras artísticas que se reproduzcan en ámbitos privados dejarán de pagar por el uso de la propiedad intelectual.

El texto cambia lo que se entiende por «representación o ejecución pública» de las obras musicales, cinematográficas, dramáticas y literarias, cuya reproducción suele implicar un cobro, ya que requiere ser autorizada por su autor o las entidades gestoras del régimen de propiedad intelectual.

El decreto sustituye la reglamentación anterior -el decreto N°41.223/34- y establece una definición más precisa o restrictiva para su uso libre, sin que implique un pago para los autores.

Es decir que a partir de ahora, la «representación o ejecución pública» solo será aquella la que se reproduzca en un «espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas», y de esta manera, para la ley el ámbito privado queda excluido.

«No existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal», señala la medida.


Modifican la ley que obligaba pagar a Sadaic por la música en eventos: «Un avance muy importante»


«Es un avance muy importante. Significa, por ejemplo, que los hoteles no van a tener que pagar por la música o las películas que pasen, lo que mejorará el precio de la tarifa. Esto muchas veces alcanzaba el 10% del costo del servicio del hotel y no sólo eso sino en todo lo que respecta al turismo», afirmó este miércoles el vocero presidencial, Manuel Adorni.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó el motivo de la actualización de la normativa: «La confusión había provocado el absurdo de que se cobraran derechos por la mera existencia de televisores en la habitación de un hotel (aun si el cuarto estaba vacío), lo que encareció significativamente la prestación de los servicios».

Agregó que «existía una controversia sobre si, por ejemplo, el uso de un televisor en una habitación de hotel consistía una difusión pública o privada. En ese caso se trata de un ámbito de reproducción privada. La confusión había provocado el absurdo de que se cobraran derechos por la mera existencia de televisores en la habitación de un hotel (aún si el cuarto estaba vacío), lo que encareció significativamente la prestación de los servicios».

El decreto lleva la firma de Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona. Contempla además el impacto de los medios tecnológicos en el régimen de propiedad intelectual.

La reglamentación indica que se define como ejecución pública cuando una «obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet». Por lo tanto, la reproducción de estas piezas digitales cuando se reproduce a través de medios digitales serán susceptibles de cobro.


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