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El presentismo legislativo y un antecedente histórico

La materia no es para nada novedosa y nuestra temprana Historia Patria, nos presenta un llamativo ejemplo, ya en el Congreso de Tucumán.

Desde días atrás los diversos medios de comunicación de la región nos informaban del proyecto ingresado en la Legislatura del Neuquén con la firma de una veintena de sus legisladores representantes de los diversos espacios políticos que conforman tal cuerpo, propiciando el control del ausentismo de los integrantes de ese organismo y que sus faltas fueran sancionadas con un descuento proporcional en el cobro de sus dietas.

Una propuesta que luego mereció la consecuente aprobación, transformándose así en una resolución legislativa -en razón de tratarse de una cuestión de orden interno-, la cual está pendiente del dictado de la correspondiente reglamentación, paso esencial para lograr su operatividad y, de ese modo, al aplicarse, alcanzar la mayor eficacia en la tan importante labor que despliega esa expresión del poder del Estado provincial neuquino.

No era esta la primera vez que se anunciaba una medida similar, tanto en el orden nacional cuanto en el subnacional, ya que es un asunto de permanente preocupación, no solamente del Congreso Nacional, sino también de los diversos cuerpos legislativos de las provincias, de ahí que cada tanto esa cuestión es reflotada y toma estado público.

Mas, como lo anuncio en el titulado, la materia no es para nada novedosa y nuestra temprana Historia Patria, nos presenta un llamativo ejemplo, tal como lo veremos en los renglones que siguen.

Así de ello nos lo informa el Redactor del Congreso # 16, de un episodio en el seno del cónclave que declarara nuestra Independencia, todavía en la ciudad de San Miguel del Tucumán, poco antes de materializar su traslado a la ciudad Buenos Aires, que motivara la decisión de ese cuerpo que seguidamente transcribimos y que lo tuviera por protagonista al representante por la provincia de Córdoba José Antonio Cabrera:

“Obligación de los Diputados de asistir a las sesiones, y en caso contrario, de dar su voto. Tucumán, noviembre, 11 de 1816. Considerando que con frecuencia el despacho se retarda a causa de que algunos Diputados no asisten con regularidad o se niegan a prestar su voto: y especialmente la conducta del diputado Cabrera a este respecto habiéndose hecho notar por algunos Diputados su arbitraria y frecuente inasistencia a las sesiones y denegación a votar aun por escrito, el Congreso Nacional decreta: Intímese al Diputado Cabrera asista a las sesiones bajo pena de ser removido de su encargo y en caso de impedimento se le haga presente la obligación de dar su voto siempre que se pida, sirviendo esto de regla para todos los demás.”

Una vez más la historia, en especial la historia patria, nos advierte sobre su importancia, su presencia y su vigencia.

No lo olvidemos.

* Miembro de numero de la Junta de Estudios Históricos del Neuquén. Presidente del Centro de Estudios Constitucionales del Comahue


Desde días atrás los diversos medios de comunicación de la región nos informaban del proyecto ingresado en la Legislatura del Neuquén con la firma de una veintena de sus legisladores representantes de los diversos espacios políticos que conforman tal cuerpo, propiciando el control del ausentismo de los integrantes de ese organismo y que sus faltas fueran sancionadas con un descuento proporcional en el cobro de sus dietas.

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