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Sigue la polémica entre los jueces de Neuquén: ¿Cuánto tiempo dura la prisión preventiva?

Se aplicaron criterios distintos en los casos de Ricardo Soiza y Fernando Agüero. Para algunos, los artículos del Código Procesal se deben interpretar; para otros, se aplican o se declaran inconstitucionales.

El Colegio de Jueces de Neuquén capital está lejos de mantener una posición unánime sobre uno de los temas más sensibles que afectan a las personas: la duración de la prisión preventiva. Quedó demostrado estos días con dos casos resonantes y disímiles entre sí: el de Ricardo Soiza y el de Fernando Agüero.

Soiza lleva un año y un mes con prisión preventiva, imputado como cabecilla de la asociación ilícita que cometió la estafa con planes sociales en Neuquén. La investigación fue declarada caso complejo, por lo que el encierro preventivo podría prolongarse hasta 18 meses, que se cumplirán en enero.

El 5 de agosto cumplió 70 años. Un artículo del Código Procesal dice que la prisión preventiva no aplica para personas de esa edad y su defensor, Esteban Sampayo, pidió que lo dejen en libertad. Pero la jueza Estefanía Sauli, recién ascendida al Tribunal de Impugnación, rechazó la solicitud.

El artículo y la interpretación


Dijo, entre otros argumentos, que ese artículo no es de aplicación automática y que debe interpretarse en armonía con otras normas. Lo importante, señaló, es cautelar el proceso y garantizar que Soiza no entorpezca la investigación, algo que podría hacer en libertad.

Un tribunal de revisión integrado por Marco Lupica Cristo, Raúl Aufranc y Natalia Pelosso confirmó la decisión de Sauli, aunque dejó entrever que si Sampayo hubiera ofrecido como medida alternativa la prisión domiciliaria del exdirector de Planes Sociales, se la habrían otorgado.

Cuando el caso no es complejo, pero…


Casi en forma contemporánea hubo otra audiencia con otros protagonistas. Se debatió la situación de Fernando Agüero, quien lleva un año y 8 meses de prisión preventiva sin sentencia firme (en el medio estuvo un año prófugo, pero ese es el cómputo del tiempo neto).

El de Agüero no es un caso complejo. El Código prevé que en esas situaciones, la prisión preventiva no debe extenderse más de un año. Incluso hay un fallo, muy discutido y conocido como «Salcedo», que señala que el plazo de un año rige sólo hasta el juicio de declaración de responsabilidad.

Sin embargo, cuando Agüero fue declarado responsable ya estaba excedido; llevaba un año y un mes con prisión preventiva, es decir que ni siquiera le aplica el precedente «Salcedo». Finalmente lo condenaron a 3 años y 8 meses de prisión efectiva.

Se aplica o no, pero no se interpreta


Su defensor, Sebastián Perazzoli, reclamó que lo dejen en libertad o le impongan detención domiciliaria hasta que la condena quede firme (lo que puede suceder o no). El juez Juan Manuel Kees, que intervino en el caso, tomó una decisión muy distinta a la de su colega Sauli: dijo que los artículos del Código no se interpretan, sino que se aplican o se declaran inconstitucionales.

En este caso, declaró inconstitucional el plazo de un año de prisión preventiva, y mantuvo encerrado a Agüero. Argumentó, y en esto coincidió vagamente con Sauli, que el fin del proceso es garantizar que se haga justicia.

Otro giro en la situación


La polémica decisión no quedó allí, ya que un tribunal revisor revocó por mayoría la declaración de inconstitucionalidad. Votaron por anular el fallo Marco Lupica Cristo y Dardo Bordón, y por sostenerlo quedó en minoría Carina Álvarez.

En consecuencia, Agüero obtuvo la prisión domiciliaria, pero sigue en una comisaría: está esperando que le provean de una tobillera electrónica. Mientras tanto el fiscal Andrés Azar y el querellante Alfredo Cury anticiparon que recurrirán al Tribunal de Impugnación, donde tampoco hay unanimidad de criterios sobre cuánto dura una prisión preventiva.

En segundo plano quedó un hecho para nada menor: Agüero estuvo 22 días preso sin orden judicial, como reveló diario RÍO NEGRO. De esa irregularidad nadie volvió a hablar en ninguna audiencia.


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