Pasó 22 días preso sin orden judicial en Neuquén y ahora recibió otra polémica decisión
Un juez declaró inconstitucional el artículo que fija en un año el plazo máximo de la prisión preventiva. El hombre cumplirá un año y 8 meses detenido bajo esa modalidad.
En una nueva vuelta de tuerca a su compleja historia, el juez Juan Manuel Kees decidió mantener la prisión preventiva de Fernando Agüero por dos meses. Para poder hacer eso, declaró inconstitucional un artículo del Código Procesal Penal de Neuquén que establece en un año el plazo máximo la duración de la preventiva.
Agüero fue condenado a 3 años y 8 meses por lesiones graves, y con la nueva decisión cumplirá un año y 8 meses de prisión preventiva, «casi la mitad de la pena», según destacó su abogado defensor, Sebastián Perazzoli. La sentencia en su contra no está firme, falta que la revise el Tribunal Superior de Justicia.
Su historia no es lineal, ya que estuvo prófugo alrededor de un año y ese antecedente le juega en contra. Pero hay otro plazo en su favor: pasó más de un año desde que lo detuvieron por primera vez hasta que lo declararon responsable en un juicio.
«Nadie argumentó que ese plazo haya sido responsabilidad de Agüero, probablemente haya sido un problema de funcionamiento del sistema», dijo el juez Kees.
El imputado padeció otro «problema de funcionamiento del sistema»: pasó 22 días preso sin orden judicial. Como reveló diario RÍO NEGRO, se olvidaron de prorrogarle la prisión preventiva y fue su madre la que se dio cuenta que seguía encerrado en una celda pese a que había vencido el plazo.
Ese grave error no trajo consecuencias legales para nadie, porque no se ordenó investigar quién o quiénes fueron responsables.
El Código y las interpretaciones
El Código Procesal de Neuquén dice, en su artículo 119, que «la prisión preventiva no podrá durar más de un año. Vencido este plazo no se podrá decretar una nueva medida de coerción privativa de libertad».
A lo largo de los diez años de vigencia, el texto ha sido interpretado y reinterpretado.
Una de las interpretaciones más difundidas es la que dio el juez Richard Trincheri del Tribunal de Impugnación en el caso «Salcedo». Establece que «el plazo del año es un mandato al Estado para que en dicho lapso realice el juicio oral al ciudadano (…) Declarada la culpabilidad, la prisión preventiva podrá ser prorrogada en aquellos casos excepcionales para asegurar los fines del proceso».
Cronología
A Agüero se le dictó prisión preventiva el 26 de octubre del 2021. Se lo declaró responsable el 22 de noviembre del 2022 (más de un año después); el 5 de diciembre le dieron prisión domiciliaria; el 29 de diciembre del 2022 le impusieron la pena, y el 30 de enero del 2023 se fugó. Lo recapturaron el 20 de febrero del 2024 y está con preventiva otra vez desde el 1 de marzo.
En una audiencia realizada el viernes pasado, el fiscal de Homicidios Andrés Azar señaló que el riesgo de fuga «está vigente» e invocó el antecedente «Salcedo» para pedir que mantengan la preventiva de Agüero por dos meses.
En cambio el querellante Alfredo Cury pidió que se declare la inconstitucionalidad del año de plazo de la prisión preventiva (artículo 119 del Código Procesal Penal) porque es el único modo de garantizar que cumpla la sentencia cuando quede firme.
El defensor Perazzoli, a su turno, citó otros fallos que se apartan del precedente «Salcedo». Luego añadió: «Lo que no podemos tolerar como estado democrático es superar un plazo de prisión preventiva por más de lo que dice la ley. Y la ley dice que pasado un año no se podrá dictar otra medida privativa de la libertad». Pidió que lo dejen en libertad o le otorguen una domiciliaria.
La resolución del juez
En su resolución, que fue apelada, el juez Kees decretó la inconstitucionalidad del año de prisión preventiva «en este caso concreto». Dijo que era la única opción para evitar darle la libertad a Agüero y correr el riesgo de que se fugue otra vez.
«Aplicar el limite de un año nos llevaría a no imponer ninguna medida o imponer la misma que fue incumplida (la domiciliaria). No estamos frente a una cantidad de tiempo que comprometa el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, el estándar de la Corte Suprema es de muchísimos más años, acá estamos hablando de un año y medio. No encuentro ninguna otra salida que no sea la declaración de inconstitucionalidad», dijo Kees.
En el sector del público lo escuchaban familiares de la víctima, que le reclamaron airadamente por la detención de Agüero.
En consecuencia, prorrogó la preventiva por dos meses más. Su decisión será escrutada por un tribunal revisor.
Agüero (34) fue declarado responsable de lesiones graves en perjuicio de Elías Jiménes Canales (23), a quien golpeó con una pala en Plottier. La víctima murió al día siguiente, pero de acuerdo con los médicos forenses, si hubiera recibido atención adecuada estaría vivo, y el Tribunal de juicio llegó a la conclusión de que el imputado no tuvo intención de matar.
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