Calculadora del Impuesto a las Ganancias 2024: consultá cuánto pagar en Neuquén y Río Negro
Ingresá tu sueldo bruto y consultá cuánto tendrás que pagar a partir de julio con la reversión de Ganancias.
El lunes 22 de julio de 2024 entró en vigencia la reversión del Impuesto a las Ganancias, que colocó al mínimo no imponible en $1,8 millones. No solo se vuelve a cobrar la cuarta categoría, sino que también se quitó el diferencial del 22% para la zona de la Patagonia, afectando a más trabajadores de Neuquén y Río Negro. Acá podrás consultar cuánto deberás pagar, de acuerdo a tu sueldo bruto.
El gravamen comienza a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto. Los petroleros considerados «personal de pozo» no pagarán.
Se estima que unos 800 mil empleados comenzarán a pagar Ganancias que hasta ahora estaban exentos ya que lo hacían los altos ingresos que superen los 15 sueldos mínimos que en julio se iban a ubicar en los 3,5 millones de pesos.
En el caso de los estatales de Neuquén, este jueves 25 de julio se aprobó una medida cautelar. El cálculo debe realizarse solo sobre el 60% del sueldo, que no corresponde al ítem de «dedicación funcional». Acá te explicamos más.
Calculadora del Impuesto a las Ganancias 2024: cuánto pagar
Consulta a continuación, en simples pasos, cuándo vas a pagar de acuerdo a tu nivel de ingreso:
Calculadora del Impuesto a las Ganancias 2024: los puntos a tener en cuenta
Los 10 puntos principales del nuevo impuesto a las ganancias son:
1 – A partir de hora se computarán para el cálculo del gravamen a que deben pagar los trabajadores las horas extras, los premios, viáticos y similares.
2 – No habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia, era la conocida como «zona patagónica» que sumaba 22% a la base no imponible.
3 – Los trabajadores que ganen sueldos brutos de 1,8 millones de pesos en el caso de los solteros y de 2,2 millones en el caso de los casados, comenzarán a pagar ese tributo con los sueldos que percibirán en agosto.
4 – Los trabajadores que cobren 1,8 millón de pesos en el caso de los solteros (1,5 millón de pesos netos) comenzarán a pagar una alícuota del 5 por ciento sobre el excedente que representa 3000 pesos y que se eleva a 100 mil pesos en el caso de aquellos que cobran 2,5 millones de pesos brutos. La alícuota del 35 por ciento la pagarán aquellos que perciban salarios brutos de 4,9 millones de pesos.
5 – En el caso de los casados pagarán el tributo los que ganen más de 2,2 millones de pesos brutos (1,9 millones de pesos) con alícuotas progresivas que van desde el 5 por ciento hasta llegar al 35 por ciento en el caso de los cobren 5,5 millones de pesos.
6 – La actualización del mínimo no imponible se hará este año en septiembre y a partir del 2025 en enero y julio de cada año y se calculará en base al índice de precios al consumidor que difunda el Indec.
7 – Los petroleros considerados «personal de pozo» no pagarán. Según el artículo 7 sontodo el personal que se desempeñe habitual y directamente en las siguientes actividades: en la exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña; en tareas desempeñadas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente en los pozos petrolíferos o gasíferos; la operación y mantenimiento de instalaciones que sean necesarias para la producción de hidrocarburos; labores que fueran necesarias para la exploración y producción de hidrocarburos.
8 – En el decreto se aplicó un mecanismo para que el cobro del impuesto a las ganancias no sea retroactivo, sino que se aplique desde julio.
9 – El nuevo impuesto a las ganancias deja sin efecto la ley de «dedicación funcional» para los estatales de Neuquén, por lo que se cobra en la totalidad del sueldo. Se trata de una norma que habían aprobado en 2023 para «aliviar» el pago al establecer el concepto de «dedicación funcional» sobre el que no se aplicaban las retenciones.
10 – La reposición de la cuarta categoría representa un 0,4 del Producto Bruto Interno. Le permitirá al Gobierno mantener el déficit fiscal y a gobernadores recibir más fondos.
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