Condenaron a un ginecólogo por abuso sexual a una paciente en Roca: cuál será su pena

Un ginecólogo de Roca fue condenado por abuso sexual simple a una paciente. El hecho ocurrió en su consultorio y el fallo incluyó reglas de conducta. La Justicia dio a conocer el nombre del médico.

Un ginecólogo que trabajaba en Roca, fue condenado a dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina tras ser declarado culpable del delito de abuso sexual simple contra una paciente. La sentencia fue dictada el 3 de julio y la Justicia dio a conocer el nombre del médico al que le impuso varias reglas de conducta que deberá cumplir durante el mismo período. Los detalles.

El abuso ocurrió en noviembre de 2021 durante una consulta de control en el consultorio del ginecólogo Francisco Méndez Peralta Ramos. Según se estableció en el juicio, el hecho sucedió en el contexto de una «consulta de control de la paciente, que derivó en tocamientos, frases y gestos del médico que tuvieron una clara connotación sexual y que fueron cometidos sin el consentimiento de la mujer».

En la sentencia se consideró que el episodio «provocó graves consecuencias emocionales y psicológicas en la víctima«, interrumpiendo su proyecto de vida y requiriendo atención psicológica y psiquiátrica.

Además, el juez de juicio valoró como agravantes «el daño causado a la víctima, las consecuencias que tuvo para ella en todos los ámbitos de su vida, con interrupción de su proyecto de vida, con padecimiento psíquico y emocional que mereció una respuesta psicológica y psiquiátrica, con indicación farmacológica dado la intensidad del mismo. El aprovechamiento de la condición de médico-paciente que permitió el abuso sexual. La modalidad de la acción, por sorpresa, abusando de su situación de hecho que le asignaba una clara asimetría a su favor y el defraudar la confianza que le dispensaba la víctima».

La inhabilitación para ejercer la medicina durante dos años fue considerada «plenamente justificada» por el juez, debido a que el delito fue cometido en el marco de un acto médico ginecológico, faltando así a sus obligaciones profesionales.

Como parte de las reglas de conducta, el médico tiene prohibido acercarse a la víctima o a su familia, y cualquier tipo de comunicación con ella. También deberá evitar realizar actos que puedan resultar molestos o perturbadores para la mujer.

Además, Méndez Peralta Ramos deberá mantener su domicilio en otra provincia y realizar presentaciones regulares en una comisaría. El incumplimiento de cualquiera de estas reglas podría convertir la prisión condicional en efectiva.

La pena impuesta fue la misma solicitada por la Fiscalía. La parte querellante había solicitado una pena mayor, pero su pedido no fue considerado por falta de motivación adecuada. La defensa del médico, en cambio, había requerido la pena mínima legal de seis meses de prisión en suspenso.

En la sentencia, se consideraron como atenuantes el buen comportamiento del condenado, su participación en todas las audiencias, la falta de antecedentes penales y los buenos conceptos brindados por los testigos sobre él. Sin embargo, estos factores no fueron suficientes para evitar una pena más severa debido a la gravedad del delito y el impacto en la vida de la víctima.


Adherido a los criterios de
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Adherido a los criterios de <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios